LEY 20.365 SUBSIDIO DE COLECTORES SOLARES TÉRMICOS PARA VIVIENDAS.
¿Cómo opera la franquicia tributaria o subsidio a los paneles solares? Las empresas constructoras tendrán derecho a deducir, del monto de sus pagos provisionales obligatorios de la Ley sobre Impuesto a la Renta, un crédito equivalente a todo o parte del valor de los Sistemas Solares Térmicos y de su instalación en los inmuebles que construyan. ¿Que es lo que se va a subsidiar? Sistemas Solares Térmicos para Agua Caliente de uso Sanitario sin uso previo; los que deberán estar integrados por un Colector Solar Térmico, un Depósito Acumulador y los demás componentes que permiten captar la energía solar y transformarla en energía térmica, a través de un fluido de trabajo que puede ser agua o algún líquido anticongelante. ¿Qué tipo de instalaciones podrán acogerse a este beneficio? La ley franquiciará aquellos Sistemas Solares Térmicos que aporten al menos un 30 por ciento del promedio anual de demanda de agua caliente en aquellas viviendas con un precio inferior a las 4500 UF. ¿Cómo se llevara a cabo la acreditación de los sistemas e instalaciones? La empresa constructora deberá presentar al Municipio, al momento de la recepción municipal definitiva de la obra, lo siguiente: - Declaración jurada en la que conste la marca, modelo y número de serie del o los colectores y depósitos acumuladores registrados en lael SEC - Declaración jurada donde conste que el Sistema Solar Térmico cumple con el porcentaje mínimo de demanda promedio anual establecido en el reglamento, adjuntando la respectiva memoria de cálculo. ¿Cómo se acreditará el pago del valor de los sistemas por parte de la empresa constructora? El valor de dichos sistemas y su instalación se acreditará con las facturas de compra o instalación o los documentos que den cuenta de la adquisición, importación o instalación, según corresponda. Todos traspasados a UF. ¿Cuál es el monto efectivo del credito según el tipo de vivienda? Para viviendas que no excedan las 2.000 UF se financiará el 100% de los Sistemas Solares Térmicos. Para viviendas entre 2000 y 3000 UF el beneficio llegará al 40% del valor de los Sistemas Solares Térmicos. Para viviendas entre 3000 y 4500 UF el beneficio llegará al 20% del valor de los Sistemas Solares Térmicos. ¿Cuál es el valor tope del beneficio por vivienda para la instalación del sistema solar? Para ver el tope se diferencia entre viviendas individuales y colectivas, dentro de las colectivas están las que tienen menos de 80m2 en paneles solares y las que tienen más de 120 m2. Para las que queden situadas en el intertmedio se otorgará un beneficio proporcional. Año
Vienda Individual
ViV. Colectiva c/ < 80 m2
ViV. Colectiva c/ > 80 m2
2009 32,5
29,5
26,0
2010 32,0
29,0
25,5
2011 31,5
28,0
24,5
2011 31,0
27,5
24,0
2012 30,0
26,5
23,5
LEY 20.365 SUBSIDIO DE COLECTORES SOLARES TÉRMICOS PARA VIVIENDAS.
¿Qué deberán acreditar las empresas constructoras? Deberán informar al Servicio de Impuestos Internos, el valor de construcción y el valor del terreno de los inmuebles respectivos, las modificaciones o el término anticipado de la construcción, la marca, modelo y número de serie del o los Colectores Solares Térmicos y Depósitos Acumuladores que compongan el Sistema Solar Térmico, la fecha de instalación de los señalados sistemas, el valor o costo de dichos sistemas y de su instalación, la suma del valor individual de acuerdo al contrato más el valor preexistente. Además de la memoria de cálculo que dé cuenta de los aportes energéticos del sistema. ¿Cuáles son los pasos a seguir para recuperar el pago del subsidio? El derecho al crédito se devengará en el mes en que se obtenga la recepción municipal final - La suma de todos los créditos devengados en el mes se imputará a los pagos provisionales obligatorios del impuesto a la renta correspondiente a dicho mes. El remanente podrá imputarse a cualquier otro impuesto y el saldo que aún quedase podrá imputarse a los mismos impuestos en los meses siguientes, reajustado. ¿Cuándo empieza a regir la franquicia tributaria? Noventa días contados desde la fecha de publicación del reglamento, sólo respecto de las viviendas cuyos permisos de construcción o las respectivas modificaciones de tales permisos se hayan otorgado a partir del 1 de enero de 2008 y que hayan obtenido su recepción municipal final a partir de dicha publicación y antes del 31 de diciembre de 2013. ¿Quién responde por los daños del sistema solar termico? El propietario primer vendedor de una vivienda (Inmobiliaria) deberá responder por los daños y perjuicios que provengan de las fallas o defectos del Sistema Solar Térmico, de sus componentes y de su correcto funcionamiento. Para esto se exigirá a la inmobiliaria una inspección durante el primer año de funcionamiento, a requerimiento del propietario. La pena impondrá una multa equivalente al monto reajustado del beneficio obtenido. ¿Quién esta encargado de la fiscalización de estos sistemas y del correcto uso del subsidio? La Superintendencia de Electricidad y Combustibles, quien además elaborará un registro de Colectores Solares Térmicos y Depósitos Acumuladores y autorizará a los entes certificadores. ¿En que deben fijarse las empresas constructoras previo a la adquisición de sistemas solares térmicos? De primera importancia es la calidad de los equipos, en cuanto a su funcionamiento, evitando equipos complejos de mantener, para evitar fallas de uso que puedan rebotar posteriormente. Por lo que recomendamos usar equipos de marca Chisol o asociados a la firma. ¿Qué tipo de sistemas se recomiendan desde el funcionaminto de estos? Básicamente existen 2 tipos de sistemas en cuanto al funcionamiento: Sistemas por Termosifón, donde el agua sube a medida que se calienta ( en estos el estanque se sitúa sobre el panel), y Sistemas por Circulación Forzada (en donde el agua es desplazada por una bomba comandada por un termostato). La primera alternativa es recomendable en circuitos pequeño (casa unifamiliares) y la segunda en intervenciones mayores (viviendas colectivas) Qué que paneles solares se recomienda instalar? Dependerá de las condiciones de consumo y de la ubicación del proyecto; sin embargo será siempre recomendable apostar por la simplicidad en los equipos para evitar fallas de uso que puedan rebotar en la postventa. En este contexto, los Equipos Solares Chisol – Konig Sonne están compuesto de los mejores materiales como son: Cobre, Acero Inoxidable, Aluminio que es la mejor alternativa evitando usar productos plásticos y así permite minimizar los riesgos y las necesidades de mantención.