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La evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado de Educación Primaria. Características, estrategias, técnicas e instrumentos de evaluación. Promoción y planes específicos de refuerzo.
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ÍNDICE 0.- INTRODUCCIÓN. 1.- LA EVALUACIÓN DE LOS PROCESOS DE APRENDIZAJE DEL ALUMNADO DE EDUCACIÓN PRIMARIA. 1.1.- Concepto de evaluación. 1.2.- Funciones de la evaluación. 1.3.- Principios de la evaluación. 1.4.- Evaluación de los procesos de aprendizaje: Qué, cuándo y cómo evaluar. 1.4.1.- Qué evaluar. 1.4.2.- Cuándo evaluar. 1.4.3.- Cómo evaluar. 1.5.- Marco legal. 1.6.- Evaluación del alumnado con NEAE. 1.7.- Evaluación individualizada. 2.- CARACTERÍSTICAS, ESTRATEGIAS, TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN. 2.1.- Características de la evaluación. 2.2.- Estrategias de la evaluación. 2.3.- Técnicas e instrumentos de evaluación. 3.- PROMOCIÓN Y PLANES ESPECÍFICOS DE REFUERZO. 3.1.- La promoción en la Educación Primaria. 3.2.- Planes específicos de refuerzo. 4.- CONCLUSIÓN. 5.- BIBLIOGRAFÍA.
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0. INTRODUCCIÓN
Al hablar de evaluación pensamos instintivamente en calificación, en las notas finales, en aprobar o suspender, en inquietudes y controversias entre el alumnado, las familias y el profesorado. De esta manera, identificamos la evaluación con un elemento sancionador, y la nota final como el fin del proceso de enseñanza-aprendizaje. Así, la evaluación cumple una función social e informativa. Pero la evaluación va más allá; no acaba con la recogida y la comunicación de la información. Esa información debe servir para continuar el proceso, adaptarlo y ofrecer las ayudas precisas para alcanzar resultados satisfactorios. Por lo tanto, además de la función social, cumplirá una función pedagógica y formativa.
Uno de los principios en los que se inspiraba la Ley Orgánica 2/2006, del 3 de mayo, de Educación (L LOE), es “la evaluación del conjunto del sistema educativo, tanto en su programación, organización y en los procesos de enseñanza y aprendizaje como en los resultados”. Esta referencia da una idea de la importancia del proceso evaluador como medio para la mejora de la calidad del sistema educativo y de la práctica docente. También se encuentran aquí varios aspectos de la evaluación: Hace referencia al conjunto del sistema educativo (y, por lo tanto, a sus diversos elementos). Se enfoca a los resultados, pero también a todo el proceso, tanto de enseñanza (del profesorado), como de aprendizaje (del alumnado).
La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (L LOMCE), por su parte, da gran importancia, en el proceso de la evaluación, a los resultados del alumno/a, teniendo como uno de sus objetivos el mejorar los resultados en pruebas internacionales. Para conseguirlo, incluye dos evaluaciones individualizadas en la etapa: en 3º y 6º cursos de Educación Primaria.
Así, el desarrollo del tema se centra por completo en la evaluación, tratando diversos aspectos en el primer apartado (definición, funciones, principios, marco legal, evaluación individualizada...), pasando en el segundo a las características, estrategias y técnicas/instrumentos de la misma. Ya en el tercer apartado se habla de la promoción en Educación Primaria (por un lado) y de los planes específicos de refuerzo (por otro). Finalmente, se da una conclusión y la bibliografía usada para la elaboración del tema.
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1. LA EVALUACIÓN DE LOS PROCESOS DE APRENDIZAJE DEL ALUMNADO DE EDUCACIÓN PRIMARIA
1.1.- CONCEPTO DE EVALUACIÓN.
La evaluación educativa tiene múltiples definiciones, que se modificaron a lo largo del tiempo, a medida que se han aumentado los elementos a evaluar en el proceso educativo. Al principio, la evaluación se centraba sólo en los resultados del alumno/a; en la actualidad abarca todo el proceso de enseñanza-aprendizaje, llegando a realizarse una evaluación del propio sistema de evaluación, lo que se conoce como metaevaluación. Algunas definiciones son: MACCARIO (1989): “Evaluación es el acto que consiste en emitir un juicio de valor, a partir de un conjunto de informaciones sobre la evolución o los resultados de un alumno, con el fin de tomar una decisión”. LAGARDERA (1999): “Mecanismo de recogida de información que una vez valorada debe servir para tomar determinadas decisiones”. VILLADA (2008): “La evaluación es un proceso mediante el cual se valoran capacidades, competencias y desempeños en el ser humano en un contexto determinado”.
Según ÁNGEL DÍAZ BARRIGA (1994), la definición de “eevaluación educativa” responde a la idea de control, tanto hacia el estudiante como hacia el docente, el plan de estudios y la institución educativa.
Esta forma de entender la evaluación implica tres tareas básicas: Recoger información sobre las situaciones a evaluar. Una pretensión fundamental de la evaluación es conseguir informaciones pertinentes para conocer la eficacia de la acción. Realizar juicios de valor apoyados en los datos obtenidos y en las metas previamente seleccionadas. Orientar y reconducir la acción didáctica y los procesos de aprendizaje individuales.
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1.2.- FUNCIONES DE LA EVALUACIÓN.
Algunas de las funciones que se le atribuyen a la evaluación son:
Identificación de las capacidades y habilidades, de manera que puedan potenciarse.
Información sobre la reacción frente a la materia, relación con los compañeros/as y, dentro del proceso educativo, como una fuente de retroalimentación.
Diagnóstico, donde se ven las posibles deficiencias y hasta qué punto se lograron los pronósticos iniciales previstos.
Orientación, a partir del diagnóstico de dificultades o capacidades potenciales, para futuras elecciones.
Motivación, que anime al alumno/a a ser consciente de su propia mejora y de sus progresos.
1.3.- PRINCIPIOS DE LA EVALUACIÓN.
DOMINGO BLÁZQUEZ (1999) establece 4 principios importantes para garantizar la eficacia de la evaluación:
Sistemática: Lo sistemático se opone a lo desordenado o improvisado, e implica relación con las demás partes del proceso. Así, la evaluación estará planificada en todas sus partes: programación, aplicación, registro y utilización de los datos. Ha de formar parte de la planificación general del centro y de la particular del curso y área.
Integrada en el proceso educativo: La evaluación es una fase del propio proceso de enseñanza-aprendizaje. Es importante darle un carácter pedagógico, descargando su carácter sancionador; se evaluará continuamente, analizando el quehacer diario y apreciando el progreso del alumno/a, de forma que éste se convierta en el medio principal de la evaluación. Aunque también habrá que aplicar alguna prueba específica.
Atendiendo a las diferencias individuales: Se debe personalizar, atendiendo a las particularidades de cada individuo, y no masificar o uniformar, lo que supondría plantear las mismas exigencias a todo el alumnado. Al programar, se determinará un programa exigible para todos los alumnos/as, pero hay que tener en cuenta que también existen niños/as bien dotados/as, cuyas capacidades no se pueden desaprovechar. Para ellos/as se prepararán “programas de ampliación”.
Utilizando distintos instrumentos de evaluación: La utilización de los instrumentos depende del aprendizaje a evaluar; ninguno de ellos permite una evaluación completa, y por esto se hace necesario el uso armónico y completo de varios. Lo fundamental es adaptarse a lo que se pretende evaluar.
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1.4.- EVALUACIÓN DE LOS PROCESOS DE APRENDIZAJE: QUÉ, CUÁNDO Y CÓMO EVALUAR.
1.4.1.- Qué evaluar El artículo 12 del Decreto 105/2014, de 4 de septiembre, por el que se establece el currículo de la educación primaria en la Comunidad Autónoma de Galicia, y el artículo 2.3 de la Orden de 9 de junio de 2016, por la que se regula la evaluación y promoción del alumnado que cursa Educación Primaria en la comunidad autónoma de Galicia, dicen que se evaluarán tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente, para lo que se establecerán indicadores de logro en las programaciones docentes. Centrándose en el proceso de aprendizaje, los elementos a evaluar por el docente serían las competencias clave, los criterios de evaluación y los contenidos. Para la evaluación de estos elementos curriculares, se usarán como referentes los estándares de aprendizaje evaluables, que son una concreción de los criterios de evaluación. Deben ser observables, medibles y evaluables, y permitir graduar el rendimiento o logro alcanzado. Según el Decreto 105/2014 y la Orden de 9 de junio de 2016, para conseguir la promoción de curso/etapa, el alumno/a debe lograr los objetivos del curso o etapa y alcanzar el grado de adquisición de las competencias correspondientes.
1.4.2.- Cuándo evaluar Se distinguen tres momentos (siguiendo la terminología de ZABALA, 1995) y, por lo tanto, tres tipos de evaluación: inicial, continua y final: Evaluación inicial: Tiene como finalidad conocer cuál es el punto de partida; es decir, los conocimientos previos. Estos conocimientos permitirán programar y realizar una intervención adecuada. Se realizará una evaluación inicial en los siguientes casos: o
Al principio de cada curso.
o
Cuando un alumno/a llega de otro centro o del extranjero.
o
Cada vez que se comienza un nuevo aprendizaje.
Tal y como establece el artículo 4.3 de la Orden de 9 de junio de 2016, "durante el primer mes de cada curso escolar, la persona tutora realizará una evaluación inicial con la finalidad de adecuar las enseñanzas al alumnado y facilitar la progresión adecuada en su proceso de aprendizaje, incidiendo en la obtención de información sobre el grado de desarrollo de las competencias clave". Evaluación continua (formativa, procesual, reguladora): Es la que se realiza durante el desarrollo del proceso de enseñanza/aprendizaje para localizar las dificultades cuando aún hay
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posibilidad de solucionarlas; es decir, introducir rectificaciones en el proceso y tomar las decisiones pertinentes. De forma continua el maestro/a utilizará las distintas situaciones educativas para analizar los progresos y dificultades del alumnado y de su propia práctica educativa, con el fin de ajustar la intervención educativa para que se estimule el proceso de enseñanza/aprendizaje. La evaluación formativa o continua no se basará únicamente en pruebas formales, sino que incluirá la observación de la actividad y el análisis de tareas diarias. Evaluación final o sumativa: En determinados momentos se procederá a realizar una estimación global del avance de cada alumno/a y de la práctica docente. El resultado de la evaluación no puede depender de esta última fase, sino que será integral, extrayéndose de la evolución de cada alumno/a y de su trabajo durante el proceso. La evaluación final tiene como objetivo principal la calificación del alumnado y la valoración del proceso educativo, del programa desarrollado, de cara a su mejora para el período académico siguiente. Respecto a la evaluación sumativa y formativa, hay que destacar a SCRIVEN, que fue el que propuso estos dos términos. Su concepción de evaluación tiene muchos puntos en común con las orientaciones para la evaluación que prescribe el currículo de Educación Primaria.
1.4.3.- Cómo evaluar Cualquier valoración se hace siempre comparando el objeto de evaluación (el alumno/a) con un patrón o criterio. Se destacan los siguientes tipos de evaluaciones: Tipos de evaluación según la referencia: o
Evaluación criterial: Es el caso en el que se compara el progreso del alumno/a con respecto a su evaluación inicial.
o
Evaluación normativa: El referente de comparación para el alumno/a es el nivel general de un grupo normativo determinado (el grupo-clase, tablas de valores, estadísticas...).
Tipos de evaluación según su extensión: o
Evaluación global: Pretende abarcar un conjunto; por ejemplo, al contemplar la evolución en todos los aspectos de la personalidad o en el conjunto de todas las áreas del currículo.
o
Evaluación parcial: Estudia determinados componentes o dimensiones de la totalidad (rendimiento en un aspecto concreto de la personalidad, de un elemento del currículo en particular…).
Tipos de evaluación según los distintos agentes evaluadores: o
Evaluación interna: Aquella que es llevada a cabo por los participantes en el proceso que se evalúa. Presenta diversas alternativas en su realización:
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Heteroevaluación: El evaluador y el evaluado no coinciden.
Autoevaluación: El evaluador y el evaluado son la misma persona.
Coevaluación: Unos sujetos o grupos se evalúan mutuamente e intercambian su papel alternativamente.
o
Evaluación externa: Se produce cuando los agentes evaluadores no han participado en el proceso de enseñanza-aprendizaje (pruebas estatales, empresas de evaluación...).
Tanto en la LOE-LOMCE (artículo 20º) como en el Decreto 105/2014 (artículo 12) y en la Orden de 9 de junio de 2016 (artículo 2.2), se dice que en la evaluación se tendrá en cuenta el progreso del alumno/a en el conjunto de las áreas. Recordando las clasificaciones anteriores, se podría definir el proceso de evaluación del aprendizaje en la Educación Primaria como una evaluación criterial (tiene en cuenta el progreso del alumno/a), global (se consideran todas las áreas) e interna (se realiza en el centro educativo), en sus distintas modalidades: heteroevaluación, autoevaluación y coevaluación. "Para ayudar al alumno importa más enseñarle hasta dónde lo han conducido sus esfuerzos en el proceso de aprendizaje, que el lugar que ocupa con relación a sus compañeros o una escala". (G. DE LANDSHEERE).
1.5.- MARCO LEGAL. Pese a que la evaluación aparece planteada en la LOE-LOMCE y, a nivel autonómico, en el Decreto 105/2014, es la Orden de 9 de junio de 2016, por la que se regula la evaluación y promoción del alumnado que cursa Educación Primaria en Galicia, la que concreta más los aspectos de la evaluación. Se destaca: Carácter: Será global y continua, y tendrá en cuenta el progreso del alumno en el conjunto de las áreas y en la adquisición de las competencias clave. Referentes de la evaluación: Los referentes para la valoración del grado de adquisición de las competencias y el logro de los objetivos de etapa son los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje del currículo. Sesiones de evaluación: El tutor/a coordinará las sesiones de evaluación, para valorar el desarrollo del alumnado, su aprendizaje, práctica del profesorado y aquellos aspectos relevantes. Calificaciones: o Se expresarán: Insuficiente (IN: de 1 a 4 puntos), suficiente (SU: 5), bien (BE: 6), notable (NT: 7-8) y sobresaliente (SB: 9-10 puntos).
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o Las competencias clave también se evaluarán con IN – SU – BE – NT – SB. o El alumnado con un rendimiento excelente en una o varias áreas puede tener Mención Honorífica. Evaluación de la práctica docente: En las sesiones de evaluación el profesorado evaluará los procesos de enseñanza y su práctica docente en relación con el alumnado, el logro de los objetivos de etapa y el desarrollo de las competencias clave. Objetividad de la evaluación: Se informará a las familias sobre los contenidos, criterios de evaluación, estándares de aprendizaje, estrategias e instrumentos, criterios de calificación y promoción. El tutor/a informará por escrito a padres/madres de la evolución académica del alumnado, una vez finalizadas las sesiones de evaluación (trimestralmente). Documentos oficiales de evaluación: o Expediente académico: Incluye la información relativa al proceso de evaluación y a la escolarización de cada alumno/a. o Actas de evaluación: Comprenden la relación nominal del alumnado que compone el grupo, junto con los resultados de la evaluación y las decisiones sobre promoción y permanencia. o Historial académico: Refleja los resultados de las evaluaciones y las decisiones relativas al progreso académico del alumno/a a lo largo de la etapa. o Informe personal por traslado: Tiene como finalidad garantizar la continuidad del proceso de aprendizaje del alumnado que se traslada a otro centro sin haber terminado el curso. o Documentos de evaluación de final de etapa y de tercer curso de Educación Primaria. o Informe académico del nivel obtenido en la evaluación de final de etapa.
1.6.- EVALUACIÓN DEL ALUMNADO CON NEAE. La LOE dedica su Título II a la equidad en la educación; dentro del mismo, en el capítulo I se trata el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. La LOMCE reforma y amplía este capítulo de la LOE. El Decreto 105/2014, en su artículo 16, refleja estas novedades de la LOMCE, definiendo al alumnado con NEAE como aquel que requiera una atención educativa diferente a la ordinaria por presentar: necesidades educativas especiales (nee), dificultades específicas de aprendizaje, trastorno por déficit de atención e hiperactividad (TDAH), altas capacidades intelectuales, incorporación tardía en el sistema educativo español o condiciones personales o de historia escolar. A continuación se detallan algunos de estos tipos de NEAE.
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Alumnos/as que presentan necesidades educativas especiales: Requieren, por un período de su escolarización o a lo largo de ella, apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta. En el caso de que algún alumno/a tenga una adaptación curricular significativa (ACS), los criterios de evaluación establecidos en ella serán el referente fundamental para su evaluación y promoción (artículo 7.2 de la Orden de 9 de junio de 2016). Alumnos/as con altas capacidades intelectuales: Serán objeto de una atención específica, adoptando las medidas necesarias para identificar y evaluar de forma temprana sus necesidades y para su escolarización. En Galicia, la Orden de 28 de octubre de 1996 regula la flexibilización del período de escolarización obligatoria del alumnado con sobredotación intelectual. Con este alumnado se puede realizar una adaptación curricular de ampliación. El Decreto 105/2014 amplía estas disposiciones, y establece que le corresponde adoptar a la consejería competente en materia de educación, planes de actuación y programas de enriquecimiento curricular adecuados a las necesidades del alumnado con altas capacidades intelectuales. Alumnos/as con integración tardía en el sistema educativo español: Se realizará una evaluación inicial al inicio de su escolarización. En el caso de presentar desconocimiento de las lenguas oficiales de nuestra comunidad, desfase curricular de dos cursos o más, o problemas de adaptación por razones sociales o culturales se adoptarán las medidas recogidas en la Orden de 20 de febrero de 2004, por la que se establecen medidas de atención específica para el alumnado procedente del extranjero. Otras dificultades entre el alumnado: En la definición de NEAE que da la LOE se incluyen también “condiciones personales o de historia escolar” y las “dificultades específicas de aprendizaje”, que son aquellas perturbaciones del progreso del alumnado, por la falta de habilidad en el acceso a los aprendizajes escolares, que no pueden explicarse directamente por la presencia de déficits motores, sensoriales, intelectuales, ni por perturbaciones emocionales. La LOMCE, además de añadir también el TDAH dentro de la definición de NEAE, incluye en el título II, capítulo I una sección 4ª, que regula las medidas de escolarización y atención para el alumnado con dificultades específicas de aprendizaje. La Orden de 9 de junio de 2016 establece que la evaluación del alumnado con NEAE tomará como referentes los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje fijados con carácter general, pudiendo adaptar las condiciones de realización de la evaluación.
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1.7.- EVALUACIÓN INDIVIDUALIZADA.
La LOMCE introduce dos evaluaciones individualizadas a lo largo de Primaria: en 3º y 6º. En su artículo 21 (que sustituye al artículo 21 de la LOE), establece que: “Al finalizar el sexto curso de Educación Primaria, se realizará una evaluación individualizada a todos los alumnos y alumnas, en la que se comprobará el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística, de la competencia matemática y de las competencias básicas en ciencia y tecnología, así como el logro de los objetivos de la etapa”. Tanto la LOMCE (artículo 20), como el Decreto 105/2014 (artículo 12) dicen que: “Los centros docentes realizarán una evaluación individualizada a todos los alumnos y alumnas al finalizar el tercer curso de Educación Primaria, según disponga la Consejería con competencias en materia de educación, en la que se comprobará el grado de dominio de las destrezas, capacidades y habilidades en expresión y comprensión oral y escrita, cálculo y resolución de problemas en relación con el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística y de la competencia matemática. De resultar desfavorable esta evaluación, el equipo docente deberá adoptar las medidas ordinarias o extraordinarias más adecuadas”. Las evaluaciones individualizadas de 3º y 6º tienen especial importancia ya que, como se recoge en el artículo 13 del Decreto 105/2014 y el artículo 6.2 de la Orden de 9 de junio de 2016, se atenderá especialmente a sus resultados para decidir sobre la promoción del alumnado. La aplicación de estas evaluaciones en Galicia se ajustará a lo regulado por la Resolución de 18 de abril de 2016, que dicta instrucciones para el desarrollo de la evaluación individualizada de tercer curso de Educación Primaria y de la evaluación final de Educación Primaria en los centros de Galicia, en el curso 2015/16.
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2. CARACTERÍSTICAS, ESTRATEGIAS, TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN
2.1.- CARACTERÍSTICAS DE LA EVALUACIÓN.
La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, según el Decreto 105/2014 y la Orden de 9 de junio de 2016 será continua y global. Además de esta caracterización en el currículo oficial y de los principios de los que se habló anteriormente, se apuntan otras características que debe tener la evaluación: -
Contextual: Tendrá en cuenta las particularidades del contexto.
-
Participativa y democrática: Integra a los distintos agentes en el proceso.
-
Técnica, objetiva e imparcial: Usará métodos e instrumentos objetivos.
-
Clara y precisa: Dejando claros los aprendizajes básicos y la forma de constatarlos.
-
Compartida: Se llevará a cabo en equipo, coordinadamente.
2.2.- ESTRATEGIAS DE LA EVALUACIÓN.
Básicamente se entiende la evaluación como un mecanismo destinado a proporcionar una información significativa y continuada acerca del proceso de enseñanza-aprendizaje, de modo que permita una valoración orientada a la regulación y a la mejora. Esta perspectiva supone la definición de una estrategia global y sistemática, no improvisada. Las estrategias para evaluar el proceso de aprendizaje se caracterizan por asumir las siguientes consideraciones: -
Desde el punto de vista de su extensión global, incluye una evaluación inicial, procesual y final. Se trata de una evaluación metodológicamente mixta (evaluación cuantitativa y cualitativa).
-
Interna (desarrollada por todos los implicados en el proceso) y externa, ya que se implica la Administración educativa en las evaluaciones individualizadas desarrolladas en la etapa.
-
Participativa: El consenso en todos estos aspectos básicos marcará la estrategia evaluadora del equipo docente.
2.3.- TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN.
Algunas técnicas e instrumentos para la recogida y registro de datos son las siguientes:
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Observación sistemática. La técnica de observación directa, continuada y sistemática de la actividad educativa es un procedimiento básico para la obtención de información para evaluar. Algunos de los instrumentos para registrar lo observado son las listas de control (que incluyen conductas observables para anotar si se presentan o no) o escalas de observación (incluyen conductas observables que deben ser valoradas), anecdotarios (recogen hechos aislados), diarios de clase (se recogen los datos más sobresalientes del desarrollo de las clases) o las rúbricas (establecen una puntuación en base al cumplimiento de ciertos parámetros). Entrevista. CASANOVA (1993) la define como una conversación intencional. Es de dos tipos: o
Formal o previamente preparada por el entrevistador/a. A su vez cabría distinguir entre estructurada, semiestructurada y libre o abierta.
o
Informal o sin preparación previa. En ella el entrevistador/a, en una situación de encuentro espontáneo, recoge información relevante.
Técnicas de pruebas. Hay dos tipos de instrumentos: exámenes y pruebas objetivas: o
Exámenes: Los exámenes permiten a los alumnos/as elaborar las respuestas de acuerdo con sus conocimientos y estilo personales. Pueden ser orales o escritos.
o
Pruebas objetivas: Una prueba objetiva es un conjunto de ítems de enunciado breve, a los que les siguen una o más respuestas presentadas a modo de alternativas. En las pruebas objetivas el alumno/a no elabora respuestas, sino que se identifica con las soluciones propuestas; discrimina las opciones correctas, de las que no lo son.
Cuestionarios e inventarios: o
Cuestionarios: Son presentaciones escritas en las que el alumno/a anota sus apreciaciones. Se presentan de forma abierta (puede escribirse lo que se quiera) o cerrada (quien responde al cuestionario se ceñirá a las respuestas que se le ofrecen).
o
Inventarios: Son un tipo especial de cuestionarios; se diferencian en que tienen una presentación más estandarizada y reiterativa; algunos de ellos, con el tratamiento necesario, se convierten en tests de personalidad, tests de intereses actitudinales…
Portafolios. BARBERÁ (1999) señala que la evaluación por portafolios o evaluación por carpetas, consiste en una colección de trabajos de los alumnos/as que busca demostrar, por medio de la mejora progresiva, lo que son capaces de hacer en un área o contenido específico. Cuaderno de clase del alumno/a. Este instrumento es válido para valorar de manera continuada conceptos, procedimientos y actitudes. El seguimiento de los cuadernos supone un buen método para introducir al alumno/a en la autoevaluación. Fichas de seguimiento. Pueden recoger información variada. Por ejemplo, la consecución de los objetivos, las dificultades y sus causas, las medidas para resolverlas y sus resultados … Pruebas sociométricas. Sirven para conocer la estructura y funcionamiento del grupo en general y la situación de cada alumno/a en particular. Por ejemplo, un sociograma, en el que se ven las relaciones entre el alumnado: quién está marginado/a, aislado, quién ejerce de líder…
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3. PROMOCIÓN Y PLANES ESPECÍFICOS DE REFUERZO
3.1.- LA PROMOCIÓN EN LA EDUCACIÓN PRIMARIA.
Atendiendo al Decreto 105/2014 y a la Orden de 9 de junio de 2016, la referencia para la promoción de curso/etapa los objetivos del curso realizado o los objetivos de etapa y el grado de adquisición de las competencias correspondientes. También se dice que se atenderá especialmente a los resultados de la evaluación individualizada de tercer y sexto cursos para decidir sobre la promoción del alumnado. La decisión será adoptada de forma colegiada, primando el criterio de la persona tutora. El alumnado que no cumpla las condiciones anteriores (desarrollo de las competencias y objetivos), y por parte del equipo docente se tome la decisión de la no promoción, permanecerá un año más en el mismo curso. Esta medida excepcional se llevará a cabo una vez agotadas el resto de medidas ordinarias de refuerzo y apoyo y solo se podrá adoptar una vez a lo largo de toda la etapa, oídos los padres/madres, e irá acompañada de un plan específico de refuerzo o recuperación y apoyo. El alumnado que promocione de curso con alguna área con calificación negativa deberá seguir un plan específico de recuperación.
Como se ha dicho, en el caso de alumnado con adaptaciones curriculares por necesidades educativas especiales, los criterios de evaluación incluidos en sus adaptaciones serán el referente fundamental para su evaluación y promoción, como se establece en el artículo 7.2 de la Orden de 9 de junio de 2016 y en el artículo 16 del Decreto 105/2014. La escolarización del alumnado con altas capacidades intelectuales (regulada por la Orden de 28 de octubre de 1996) se flexibilizará de tal forma que se pueda adelantar el inicio de la escolarización en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, siempre que se considere que esta medida es la más adecuada para el desarrollo equilibrado del alumnado y para su socialización. En Educación Primaria se podría reducir un año la escolarización (avanzar un curso) o adelantar el inicio de su escolarización (empezar antes la Educación Primaria). La reducción máxima de la escolarización obligatoria será de dos años, aunque no se puede aplicar en la misma etapa educativa. El Decreto 105/2014 concreta que esta flexibilización podrá incluir tanto la impartición de contenidos y la adquisición de competencias propias de cursos superiores como la ampliación de contenidos y competencias del curso actual, así como otras medidas.
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3.2.- PLANES ESPECÍFICOS DE REFUERZO.
Al hablar de planes, se diferencian dos grandes grupos, según sean organizados por la Administración Educativa o por los propios centros. La Consellería de Educación e Ordenación Universitaria propone diversos planes (algunos de ellos se pueden considerar de refuerzo), como el Plan LÍA 2016/2020 de Bibliotecas Escolares para Lectura, Información y Aprendizaje; el Proyecto Abalar (que en el curso 2014/15 pone en marcha el proyecto experimental Educación Digital); el Plan de Potenciación de Lenguas Extranjeras (que incluye secciones bilingües y centros plurilingües), el plan Proxecta (agrupa proyectos interdisciplinares como alimentación, deporte, medio ambiente... La Resolución de 5 de noviembre de 2015 integra algunos planes de refuerzo en contratosprograma, que incluyen varias actuaciones: 1. PROA: Refuerzo, orientación y apoyo. 2. Mejora de las competencias clave. 3. Mejora de la convivencia y promoción de la igualdad en los centros. 4. Prevención del abandono temprano y del absentismo escolar. 5. Mejora del nivel de conocimientos para alcanzar la excelencia. 6. Mejora de la calidad en la gestión de los centros. El Decreto 105/2014 establece planes específicos de refuerzo. Se destacan los referidos a la evaluación final individualizada de 6º de Primaria, ya que “la consejería con competencias en materia de educación podrá establecer planes específicos de mejora en aquellos centros públicos cuyos resultados sean inferiores a los valores que, a tal objeto, determine" (art. 12.10). Respecto a la promoción del alumnado, ya se han comentado los planes específicos de refuerzo o recuperación y apoyo, para quien tenga que permanecer un año más en el mismo curso. También se trataron los planes específicos de recuperación, para los/as que promocionen con alguna área con calificación negativa.
La Orden de 6 de octubre de 1995 regula las adaptaciones del currículo de las enseñanzas de régimen general. Establece que el currículo podrá ser modificado en todos sus elementos para dar respuesta a las diferentes necesidades educativas de los alumnos/as. Dispone así dos medidas de atención a la diversidad: el refuerzo educativo (RE) y la adaptación curricular significativa (ACS):
El refuerzo educativo: Es una medida ordinaria de atención a la diversidad que afecta a los elementos no prescriptivos del currículo; es decir, metodología, organización del aula, agrupamientos, actividades, secuencia de contenidos y formas e instrumentos de evaluación. No necesita autorización para ser llevada a cabo. Será elaborado por el profesor/a de área, con el conocimiento del profesor/a tutor/a, que lo comunicará al equipo directivo y a la familia. Se llevará a cabo en el contexto
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ordinario y por el docente que imparte el área, pudiendo contar con la colaboración de otros profesionales.
La adaptación curricular: Es una medida extraordinaria de atención a la diversidad, pues supone una modificación de los elementos prescriptivos del currículo (objetivos, contenidos y criterios de evaluación). Actualmente se supone que debe modificar contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje. Tiene que ser autorizada por la Inspección Educativa. Será elaborada por el profesor/a de área, con el asesoramiento del responsable de la orientación educativa del centro o del Equipo de Orientación Específico y, si es el caso, de cualquier otro profesional que participe en la atención a dicho alumno/a. Tendrá una duración mínima de un ciclo educativo (teniendo en cuenta que con la entrada en vigor de la LOMCE desaparecen los ciclos).
El Decreto 105/2014 establece que, si la evaluación individualizada de 3º curso de Primaria fuese desfavorable, el equipo docente deberá adoptar las medidas ordinarias o extraordinarias más adecuadas. Estas medidas se fijarán en planes de mejora de resultados (colectivos o individuales). En el caso de la evaluación individualizada de 6º curso, dependiendo de los resultados, se aplicarían programas de refuerzo en la ESO.
4. CONCLUSIONES
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5. BIBLIOGRAFÍA
BLÁZQUEZ, D. (1999). Evaluar en Educación Física. Barcelona: INDE. COLL, C.; ONRUBIA, J. (2002). Evaluar en una escuela para todos. En Cuadernos de Pedagogía, 318. Noviembre. DIAZ BARRIGA, A. (1994). El examen escolar. Siete temas de reflexión. México: UNAM. ESCAMILLA, A.; LLANOS, E. (1995) La evaluación del proceso de aprendizaje y de enseñanza en el aula. Madrid: Luis Vives. MACCARIO, B. (1989). Teoría y práctica de la evaluación de las actividades físicas y deportivas. Buenos Aires: Lidium. ZABALA, A. (1995). La práctica educativa. Como enseñar. Barcelona: Graó.
LEGISLACIÓN.
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE).
Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE).
Decreto 105/2014, de 4 de septiembre, por el que se establece el currículo de la educación primaria en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Orden del 9 de junio de 2016, por la que se regula la evaluación y promoción del alumnado que cursa Educación Primaria en la comunidad autónoma de Galicia.
Orden del 6 de octubre de 1995, por la que se regulan las adaptaciones del currículo en las enseñanzas de régimen general.
Orden del 28 de octubre de 1996, que regula la flexibilización de la duración de la escolarización obligatoria del alumnado con sobredotación intelectual.
Resolución de 18 de abril de 2016, por la que se dictan instrucciones para el desarrollo de la evaluación individualizada de tercer curso de Educación Primaria y de la evaluación final de Educación Primaria en los centros docentes de la comunidad autónoma de Galicia, en el curso escolar 2015/16.
Resolución de 5 de noviembre de 2015, que regula los contratos-programa para los centros.
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