Fondos Comunes de Inversión - Comisión Nacional de Valores

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Fondos Comunes de Inversión

Educación Mercado de Capitales

Diciembre de 2007

FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN

¿Qué es un fondo? Los Fondos Comunes de Inversión (en adelante, “los FCI”) no son sociedades ni personas jurídicas. Los FCI son patrimonios que se forman con los aportes que realizan los inversores, suscribiendo cuotapartes y convirtiéndose en “cuotapartistas” del mismo. Como el FCI es un patrimonio, en su desarrollo y funcionamiento, intervienen DOS (2) entidades independientes llamadas Sociedad Gerente (en adelante, “la Gerente”) y Sociedad Depositaria (en adelante, “la Depositaria”). La CNV es el organismo que tiene a su cargo el registro, control y regulación de los FCI, de las Gerentes y de las Depositarias, en todo el territorio de la República Argentina. Los FCI, las Gerentes y las Depositarias deben contar con previa autorización de la CNV para funcionar.

Tipos de Fondos Los FCI se pueden clasificar, según su forma de constitución, en abiertos o cerrados. Sus principales diferencias están dadas por el objeto de inversión que éstos desarrollan y por los procedimientos inherentes en el tratamiento de las suscripciones y rescates de cuotapartes. La mayoría de los FCI que funcionan actualmente son abiertos. Los títulos valores de los FCI se denominan cuotapartes. Las cuotapartes de los FCI Cerrados se negocian en un Mercado de Valores, y en este sentido, el público

inversor puede adquirirlas o venderlas en éste ámbito a lo largo de la vida del FCI. En los FCI Abiertos, un inversor puede suscribir cuotapartes en cualquier momento durante la vida del FCI y en cualquier lugar físico o a través de los medios habilitados para su ofrecimiento (por ejemplo, sucursales de entidades financieras, Agentes Colocadores autorizados, páginas de Internet registradas, sistemas telefónicos registrados, etc.); pero en los FCI Cerrados, las cuotapartes sólo pueden suscribirse en la oferta inicial o, pasado ese momento, adquirirse a través del mercado secundario en el Mercado de Valores. En lo que respecta al objeto de inversión, en la administración de la cartera de los FCI Abiertos se deben respetar las restricciones y limitaciones que surgen de la Ley Nº 24.083, del Decreto Nº 174/93 y de las NORMAS (N.T. 2001) dictadas por la CNV, mientras que en los FCI Cerrados se permite la realización de objetos de inversión especiales, pudiendo integrar el patrimonio con conjuntos homogéneos o análogos de bienes reales o personales, o derechos creditorios con garantías reales o sin ellas, que pueden implicar excepciones a esas restricciones. Dentro de la categoría de los FCI Abiertos, existe la siguiente clasificación según su objeto de inversión: FCI de Renta Variable, FCI de Renta Fija, FCI de Renta Mixta y FCI del Mercado Monetario. El detalle de los FONDOS que funcionan dentro de cada categoría puede ser consultado desde www.cnv.gov.ar en la Planilla Diaria de Valores Diarios de cuotaparte que la CAFCI elabora y remite diariamente a la CNV y a los medios masivos de comunicación. 2

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¿Cómo funcionan los fondos? El rol principal de la Gerente es administrar el patrimonio del FCI, decidiendo en qué activos invertir el capital aportado por los inversores que forman el mismo. La Gerente también representa los intereses de los cuotapartistas, lleva la contabilidad del FCI, realiza todas las publicaciones exigidas legalmente y cumple con los requerimientos de información que solicite la CNV. Por su parte, la Depositaria custodia los valores y demás instrumentos representativos de las inversiones que forman parte del patrimonio de los FCI. En la práctica, la mayoría de las Depositarias son además entidades financieras autorizadas por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (en adelante, “el BCRA”). En todos los casos las Gerentes y Depositarias, sus administradores, gerentes y miembros de sus órganos de fiscalización son solidaria e ilimitadamente responsables de los perjuicios que pudieran ocasionarse a los cuotapartistas por el incumplimiento de las disposiciones legales pertinentes y del reglamento de gestión. Las Gerentes y Depositarias elaboran en forma conjunta el texto del Reglamento de Gestión del FCI, estableciendo -entre otras cuestiones- en qué activos va a invertir el FCI, el porcentaje máximo anual que cobrarán ambas en concepto de honorarios, el porcentaje anual máximo que afrontará el FCI en concepto de gastos generales, las comisiones de suscripción y rescate que en su caso paga-

rán los cuotapartistas, el procedimiento que se aplicará para que los inversores inviertan y retiren su dinero, y todo lo relativo al funcionamiento del FCI. Los FCI pueden también contar con un prospecto, además del reglamento de gestión. Dicho reglamento de gestión (y/o prospecto, en su caso) debe estar aprobado por la CNV. Al momento de suscribir cuotapartes, el inversor adhiere a las condiciones plasmadas en el texto del reglamento de gestión del FCI (y del prospecto, en su caso); y es por ello que resulta obligatorio que se entregue al inversor -cuando suscribe cuotapartes- una copia íntegra del texto de dicho reglamento (y del prospecto, en su caso) vigente a esa fecha, dejando constancia de ello en un documento.

Costos y honorarios Las Gerentes y Depositarias cobran honorarios al FCI. Además, el FCI debe afrontar gastos generales. El porcentaje anual máximo que la Gerentes y Depositarias pueden percibir en concepto de honorarios y que el FCI debe afrontar por gastos generales, debe estar expresamente indicado en el reglamento de gestión (y/o prospecto, en su caso) del FCI. En caso de existir honorarios de éxito, éstos deben estar claramente explicados en el texto del reglamento de gestión (y/o prospecto, en su caso). Como regla general, los honorarios y los gastos generales están descontados del valor de cuotaparte que se calcula y publica diariamente. Esto significa que el valor de cuotaparte que se toma en cuen3

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ta para el cálculo de las suscripciones como de los rescates, es neto de honorarios de la Gerente y de la Depositaria y de los gastos generales.

operativos, en medios masivos de difusión y en la página de Internet de la CNV. (Ver Planilla Diaria de Valores Diarios de cuotaparte)

Distinto es el caso de las comisiones de suscripción y de rescate, ya que no están descontadas del valor de cuotaparte que se calcula y publica diariamente, y por lo tanto, deben ser pagadas directamente por el inversor. El porcentaje máximo a cobrar por éstas debe surgir del texto del reglamento de gestión (y/o del prospecto, en su caso).

Los FCI pueden tener como moneda (utilizada para suscripciones, rescates y valuación del patrimonio del FCI y de las cuotapartes) una moneda diferente a la moneda de curso legal en la República Argentina (el Peso Argentino). En la actualidad existen FCI que tienen como moneda al Peso Argentino, al Dólar Estadounidense o al Euro.

Suscripciones y rescate

Otras características

Llamamos cuotaparte a la unidad de inversión en un FCI. Como regla general, el valor de cuotaparte se calcula todos los días operativos, dividiendo el patrimonio total del FCI por el número de cuotapartes en circulación. El valor de cuotaparte que se tomará para el cálculo de suscripciones y/o de rescates, es el calculado al cierre del día operativo de un FCI abierto. Es decir, como regla general, el inversor no conoce el valor de cuotaparte de antemano al momento de decidir una suscripción y/o de solicitar un rescate.

Como regla general, los FCI no tienen la obligación de obtener una calificación de riesgo para poder ser ofrecidos al público inversor, pero pueden hacerlo en forma voluntaria. Como excepción, las normas de la SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES (en adelante, “la SAFJP”) exigen la obtención de una calificación de riesgo a aquellos FCI que quieran estar habilitados para ser objeto de inversión por parte de los Fondos de Jubilaciones y Pensiones. Existen muchos FCI Abiertos y Cerrados que han tenido y/o cuentan actualmente, voluntariamente, con una calificación de riesgo.

Para que el cuotapartista (inversor) pueda retirar su inversión de un FCI, debe solicitar el rescate de la totalidad o parte de sus cuotapartes u ordenar la venta de las mismas en la bolsa o mercados de valores donde coticen, según se trate de un FCI Abierto o de un FCI Cerrado, respectivamente. Como regla general, la Gerente debe publicar y dar a conocer el valor de cuotaparte de cada FCI todos los días

En caso de encontrarse involucradas como sociedades gerente o depositaria entidades financieras- las inversiones en cuotapartes del Fondo no constituyen depósitos en dicha entidad financiera, a los fines de la Ley de Entidades Financieras, ni cuentan con ninguna de las garantías que tales depósitos a la vista o a 4

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plazo puedan gozar de acuerdo a la legislación y reglamentación aplicables en materia de depósitos en entidades financieras; y que, asimismo, esa entidad financiera se encuentra impedida por normas del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA de asumir, tácita o expresamente, compromiso alguno en cuanto al mantenimiento, en cualquier momento, del valor del capital invertido, al rendimiento, al valor de rescate de las cuotapartes o al otorgamiento de liquidez a tal fin.

Preguntas Frecuentes ¿Cuáles serían las ventajes de invertir en un FCI? Con la inversión en un FCI, el inversor podría acceder a una cartera de valores muy amplia, que en muchos casos no estaría a su alcance si invirtiese de forma individual. De esta manera, aumentarían sus posibilidades de controlar los riesgos mediante la diversificación en distintos productos. ¿Asume riesgos el cuotapartista de FCI? ¿A qué factor fundamental se encontrarían asociados dichos riesgos? La inversión en FCI podría traer aparejados ciertos riesgos para el inversor, asociados a diversos factores, y entre ellos, a la política de inversión del FCI definida en el reglamento de gestión y al comportamiento en el tiempo de los activos que integran su patrimonio. Generalmente, dentro de cada FCI se compensan las ganancias y las pérdidas, gracias a la diversificación de sus carteras. Esto hace que el riesgo pueda ser controlado de alguna manera, pero igualmente

siempre existe la posibilidad de no obtener ganancias y llegar a sufrir una pérdida. Lo primero que debiera tener en cuenta el inversor es su grado de aversión al riesgo y, de acuerdo a eso, seleccionar el tipo de FCI que se encuentre acorde a sus preferencias y expectativas, ya que al rescatar sus cuotapartes éstas podrían valer menos que al momento de la suscripción. Así, en concordancia con lo anterior, el inversor podrá optar entre invertir en FCI de Renta Variable, FCI de Renta Fija, FCI de Renta Mixta y/o FCI del Mercado Monetario. De dicha clasificación, se deriva el riesgo que el inversor está dispuesto a asumir. ¿Tiene obligación la Gerente de prestar información? ¿Con que periodicidad debe brindar dicha información? El artículo 23 del Capítulo XI de las NORMAS (N.T. 2001) establece la información general que las Gerentes deberán remitir a la CNV por cada uno de los FCI bajo su administración, que abarca una periodicidad diaria, semanal, mensual, trimestral y anual. Asimismo, las normas exigen a las Gerentes y Depositarias (y a Agentes Colocadores, en su caso) la publicidad de información de cada uno de los FCI, al público inversor en general, que abarca una periodicidad diaria, semanal, mensual, trimestral y anual. ¿Cómo y cuándo puedo retirar mi inversión de un FONDO? Los cuotapartistas pueden rescatar sus cuotapartes de manera total o parcial, por medio de cualquiera de las modalidades admitidas a estos efectos, previamente autorizadas por la CNV, conforme lo 5

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dispuesto en el Capítulo XIV de las NORMAS (N.T. 2001). Como regla general, el pago de los rescates debe verificarse obligatoriamente, y como máximo, dentro de TRES (3) días hábiles de formulada la solicitud por parte del cuotapartista. ¿Puede suspenderse la suscripción y rescate de cuotapartes de un fondo común de inversión? Existen circunstancias generales o específicas en las que se puede producir la suspensión de la valuación y determinación del valor de cuotaparte diario habitual y la suspensión de la suscripción y rescate de cuotapartes de un FCI (artículo 23 de la Ley Nº 24.083). La Ley Nº 24.083 habla en general de cualquier hecho o causa que imposibilite determinar el valor de la cuotaparte de un FCI, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 2715 in fine del Código Civil. El Decreto Nº 174/93 establece que la Gerente está facultada a establecer en el reglamento de gestión que se suspenderá el rescate, en las condiciones previstas en el artículo 23 de la Ley Nº 24.083, como medida de protección del FCI, cuando exista imposibilidad de establecer el valor de la cuotaparte como consecuencia de guerra, estado de conmoción interna, feriado bursátil o bancario o cualquier otro acontecimiento grave que afecte los mercados autorregulados y financieros (artículo 17 del Decreto Nº 174/93). Ante estas situaciones, la Gerente y la Depositaria, cumpliendo con su función de tutelar el patrimonio del FCI y el interés común de los cuotapartistas, pueden decidir la suspensión de las operaciones

(suscripciones y rescates) de un FCI, informando de ello en forma inmediata a la CNV, en formato electrónico por el acceso “Hecho Relevante” de la AUTOPISTA DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA (en adelante, “la AIF”) en www.cnv.gov.ar. La suspensión de las suscripciones y de los rescates por más de TRES (3) días requerirá la aprobación previa de la CNV y, a estos efectos, la Gerente y la Depositaria deberán presentar nota solicitando autorización, acompañando acta de directorio de las sociedades o nota de conformidad de representante legal en su caso, de donde surjan los fundamentos de la decisión adoptada. Sólo se precisa la aprobación previa de la CNV cuando la suspensión de suscripciones rescates de un FONDO excede los TRES (3) días. ¿Cómo y cuándo puede liquidarse y cancelarse un FCI? Las normas aplicables a la liquidación y cancelación de FCI están incorporadas en los artículos 12 a 20 del Capítulo XIV de las NORMAS (N.T. 2001), y dentro de las Cláusulas Generales del reglamento de gestión tipo del artículo 44 del Capítulo XI de las NORMAS (N.T. 2001). La liquidación de un fondo podrá ser decidida por la CNV en los casos previstos por la Ley Nº 24.083 y el Decreto Nº 174/93. Asimismo, cuando el reglamento de gestión no prevea fecha o plazo para la liquidación del fondo, ésta podrá ser decidida en cualquier momento por los órganos del mismo, siempre que existan razones fundadas para ello, y se asegure el interés de los cuotapartistas. La liquidación no podrá ser practicada hasta que la 6

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decisión sea aprobada por la CNV, siendo de aplicación a estos efectos el procedimiento contemplado en el artículo 11 de la Ley Nº 24.083. El procedimiento reglamentado de LIQUIDACIÓN de un FONDO, comprende las siguientes etapas: 1. Inicio del trámite de liquidación. 2. Aprobación por parte de la Comisión del inicio del proceso liquidatorio. 3. Inicio de proceso de realización de activos. 4. Finalización del proceso de realización de activos. 5. Inicio del proceso de pago a cuotapartistas. 6. Finalización de etapa de pago a cuotapartistas. Tratamiento de Importes o activos no reclamados por cuotapartistas remanentes. 7. Cancelación de la inscripción del FONDO, de la Gerente y de la Depositaria o término de las tareas del liquidador sustituto ¿Cómo y dónde puedo realizar un reclamo o una denuncia? La CNV recibe las denuncias de los cuotapartistas inversores de un FCI vía email: [email protected]; vía telefónica (54-11) 4329-4777 o 4712; y por correo o personalmente: 25 de Mayo 175, 6º Piso (1002) Capital Federal - República Argentina.

las disposiciones de la Ley Nº 24.083, del Decreto Nº 174/93 y de las NORMAS (N.T. 2001), previa sustanciación del sumario administrativo correspondiente, el artículo 35 de la Ley Nº 24.083 establece las siguientes: (i) Apercibimiento; (ii) Multa; Inhabilitación temporal para actuar; e (iv) Inhabilitación definitiva para actuar. ¿Qué es la CÁMARA ARGENTINA DE FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN? La CÁMARA ARGENTINA DE FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN (en adelante, “la CAFCI”) es una Asociación Civil creada por las Gerentes de FCI, cuya misión es difundir y afianzar el conocimiento sobre los FCI, preservar la integridad de la industria y salvaguardar la confianza de los inversores, y sus objetivos divulgar información sobre la industria y educar sobre los FCI, representar, proteger los intereses y brindar servicios a sus Gerentes asociadas. La CNV ha delegado en la CAFCI el mantenimiento y control del Registro de Idóneos habilitados para la colocación de cuotapartes de FCI. La CAFCI debe mantener actualizado el Registro de Idóneos y asegurar el acceso continuo de la CNV al mismo. Puede obtener más información sobre esta institución en www.fondosargentina.org.ar, o en las oficinas de su sede en la Calle Sarmiento 552 Piso 9º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (AAL 1041).

¿Qué sanciones puede aplicar la CNV a Gerentes y Depositarias de FCI? En lo que respecta a las sanciones que puede aplicar la CNV a las Gerentes y a las Depositarias de FCI por infracciones a 7

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Links Relacionados Si desea conocer el marco legal regulatorio y aplicable a los FCI, gerentes y depositarias, ingrese a www.cnv.gov.ar al acceso “Marco Regulatorio”. Si desea consultar algún dato específico relacionado con los FCI, ingrese a www.cnv.gov.ar al acceso “Glosario”. Si desea conocer detalles de las distintas gerentes y depositarias y de los FCI bajo su administración y custodia, ingrese a www.cnv.gov.ar al acceso “Información Financiera”/”Fondos Comunes de Inversión”.

Si desea conocer el valor de cuotaparte de un FCI y otros datos tales como patrimonio y calificación de riesgo, ingrese a www.cnv.gov.ar al acceso “Información Financiera”/”Fondos Comunes de Inversión”/”Cámara”/”Valores Diarios de Cuotaparte”. Si desea conocer la composición semanal de la cartera de un FCI (y las composiciones anteriores), ingrese a www.cnv.gov.ar al acceso “Información Financiera”/”Fondos Comunes de Inversión” –y dentro de cada FCI al acceso “Composición Semanal Cartera FONDO (artículo 34 del Capítulo XI) (Composiciones de Carteras Anteriores)”-.



Los mercados de capitales ponen al alcance de los inversores una gran variedad de instrumentos financieros. Todos los instrumentos financieros implican una rentabilidad y un riesgo.



La COMISIÓN NACIONAL DE VALORES no puede realizar recomendaciones de inversión. Cada inversor debe evaluar la relación riesgo-rentabilidad de su cartera en función de sus necesidades y disponibilidades financieras.



Dónde puede informarse el inversor: principalmente a través de la emisora, en su caso, y/o de los agentes o entidades intervinientes en la operación, consultando el prospecto de emisión del valor negociable, en el sitio web de esta CNV o en el de los Mercados donde puedan cotizar éstos. Finalmente, en caso de no haber evacuado su consulta, a la CNV, al 4329-4600 y líneas rotativas o personalmente en su sede de la Calle 25 de Mayo 175 (1002) Capital Federal – República Argentina, de lunes a viernes de 10.00 a 15.00 horas.

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