MANUAL DE PROCEDIMIENTOS precios de referencia

manual de procedimientos que se cumplen en el grupo de estudios e investigaciones division de valoraciÓn y origen 3 2.2 decisión de la división...

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METODOLOGÍA DETERMINACIÓN PRECIOS DE REFERENCIA

Según el artículo 237 del Decreto 2685 de 1999, se consideran precios de referencia: •

Los tradicionales, establecidos por el Director de Aduanas, en circulares, los incorporados a bases de datos de la Aduana como resultado de estudios de valor y los tomados de otras fuentes especializadas.



Estimados, son precios de referencia establecidos en términos de márgenes o rangos mediante acto administrativo expedido por la Dirección de Aduanas, para ser utilizados como mecanismo de control de los precios FOB declarados por las mercancías importadas o introducidas al resto del territorio nacional.



Indicativos, precios de referencia establecidos mediante acto administrativo expedido por la Dirección de Aduanas, para ser utilizados como mecanismo de control de los precios FOB declarados, según el país de origen o el tipo de mercancías importadas o introducidas al resto al territorio nacional, conforme a lo previsto en el Decreto 2685 de 1999

Los estudios sobre precios internacionales de mercado, pretenden establecer la viabilidad de la expedición de circulares o resoluciones que deben ser firmadas por el Director de Aduanas.

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Los precios de referencia, tradicionales estimados o indicativos, pueden ser fijados a través de circulares, establecidos por productos clasificados en una determinada subpartida arancelaria.

Los estimados, establecidos mediante

resoluciones cuando para cada producto o grupo de productos similares se establece un rango de precios y los indicativos, igual expedidos mediante resolución, que para un producto o grupo de productos idénticos o similares originarios y/o procedentes de un determinado país o países se establece un precio. Los precios se definen a partir del análisis técnico de los obtenidos de diferentes fuentes.

A continuación se presentan aspectos generales y el procedimiento que debe seguirse en la elaboración de estos precios.

1. Tipo de Estudio

1.1 Estudio Original, es decir el primero que se elabora para el producto.

1.2 Estudio de Modificación, es aquél que actualiza el estudio original, debido a variaciones de precios, adición o eliminación de referencias del producto.

2. Origen del estudio

La expedición de los precios de referencia puede deberse a:

2.1 Petición de Usuarios del Servicio Aduanero.

Cuando una empresa fabricante en Colombia o importadora de productos idénticos o similares se siente afectada por prácticas de competencia desleal, puede solicitar la expedición de precios de referencia. ___________________________________________________________________________________ MANUAL DE PROCEDIMIENTOS QUE SE CUMPLEN EN EL GRUPO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES DIVISION DE VALORACIÓN Y ORIGEN

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2.2 Decisión de la División.

Cuando por las visitas de supervisión y control o por los estudios sectoriales realizados, se detecten prácticas desleales de comercio y necesidades de establecer un control, podrá decidirse la expedición de precios de referencia.

2.3 Políticas de control de la Dirección General o de Aduanas.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales o la Dirección de Aduanas, podrá ordenar la elaboración de circulares o resoluciones para ejercer el control a productos que conforme a estudios sectoriales, políticas particulares o a perfiles de riesgo, ameriten la utilización de ese mecanismo de control en el proceso de inspección.

3. Procedimiento

3.1 Estudio Original

La elaboración de un estudio de precios de referencia, cuando se produce por primera vez, cumple los siguientes pasos:

3.1.1 Definición de productos

Los productos normalmente corresponden a los señalados por quien formula la queja o por quien realiza la visita de supervisión y control o estudio sectorial.

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3.1.1.1 Características técnicas de las mercancías que permitan una identificación fácil del producto por parte de los funcionarios de las administraciones locales.

Es preciso tener en cuenta el oficio No. 1760 del 13 de septiembre de 2000, emanado de la División de Arancel, donde se señalan las características mínimas que debe contener la información para una adecuada clasificación a cuatro dígitos tales como: • Películas (capítulo 37): materia constitutiva, si está sensibilizada o no, impresionada o no, autorrevelable o no y forma de presentación. • Polímeros (capítulo 39): composición cualitativa y cuantitativa, forma de presentación, número de unidades. Para el caso de placas, láminas, hojas y tiras de plástico: si es celular o no, refuerzos, estratificación, soporte, combinación, si los tiene; forma geométrica, tipo de impresión, si la tiene; anchura de la cinta, forma de corte y uso. • Caucho (capítulo 40) endurecido, vulcanizado, etc.: forma de presentación, propiedades físicas y químicas, sustancias añadidas y uso. • Manufacturas de cuero (capítulo 46): materia constitutiva y uso. • Textiles en general: Composición cualitativa y cuantitativa, tipo de fibra, proceso a que ha sido sometida, forma de presentación, usos, tipo de acabado. Para hilados, la densidad ___________________________________________________________________________________ MANUAL DE PROCEDIMIENTOS QUE SE CUMPLEN EN EL GRUPO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES DIVISION DE VALORACIÓN Y ORIGEN

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lineal y para tejidos el gramaje, denominación del tejido (tafetán, punto, etc.). Además para prendas de vestir denominación de la prenda (pantalón, saco, vestido, etc.). • Fundición de hierro y acero, cobre y sus manufacturas, aluminio y sus manufacturas, cinc y sus manufacturas (capítulos 72, 74, 76, 79): composición, forma de la selección transversal, anchura, espesor, trabajos, proceso de obtención y laminación, forma de presentación. • Reactores nucleares, calderas, artefactos metálicos, máquinas, aparatos y sus partes, material eléctrico y sus partes, reproducción de imagen u sonido en televisión, accesorios, instrumentos y aparatos de óptica, fotografía, cinematografía, de medida médico quirúrgico, relojería, musicales, partes y accesorios (capítulos 84, 85, 90): tipo de máquina o aparato, función, principio de funcionamiento y uso.

3.1.2 Solicitud de Información

Definidos los productos y sus características, el funcionario encargado de realizar el estudio, buscará en el sistema de información aduanera SIFARO, de acuerdo con las subpartidas seleccionadas, los importadores y proveedores en el exterior. Este listado debe contener mínimo, variables como: fecha de presentación y aceptación de la declaración, país de origen y procedencia, nombre, ciudad y dirección del proveedor, descripción de la mercancía, subpartida arancelaria, cantidad, unidad comercial, valor FOB, nombre, NIT, dirección y ciudad del importador. ___________________________________________________________________________________ MANUAL DE PROCEDIMIENTOS QUE SE CUMPLEN EN EL GRUPO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES DIVISION DE VALORACIÓN Y ORIGEN

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Una vez obtenido el listado y teniendo en cuenta criterios de selección como frecuencia de las importaciones, el valor o el volumen de las mismas, se seleccionan los importadores y se procederá a solicitar la siguiente información:

3.1.2.1 A la empresa que realizó la petición y a los diferentes importadores de la rama comercial seleccionados.

La información solicitada

corresponde a: • Listas de precios expedidas por el proveedor para los productos seleccionados. Además se preguntará si disponen de revistas o publicaciones internacionales de precios.

La información sobre

precios deberá ser presentada siempre en medios magnéticos, en Excel. ( Anexo 17)

3.1.2.2

A organizaciones que agrupan a los importadores, comerciantes o productores de las mercancías objeto de estudio.

3.1.2.3 Otras fuentes de información. •

Precios o tarifas internacionales anunciadas en periódicos o revistas especializadas de circulación internacional.



También, previa consecución de direcciones en Internet, con los representantes

de

la

marca

en

Colombia,

organizaciones,

embajadas u otras fuentes, podrán consultarse proveedores y/o de fabricantes externos.

Vía Internet podrán obtenerse cotizaciones internacionales, caso en el cual deben elegirse cuidadosamente, evitando tomar precios ___________________________________________________________________________________ MANUAL DE PROCEDIMIENTOS QUE SE CUMPLEN EN EL GRUPO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES DIVISION DE VALORACIÓN Y ORIGEN

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del mercado interno del país de que se trate, por esta razón, solamente deben seleccionarse precios en términos FOB. •

Una vez actualizada la base de datos, también podrán servir como fuente de información los precios de factura negociados por mercancías importadas y consignadas en la Declaración de Importación a las cuales las Divisiones de Fiscalización hayan efectuado estudio de valor y aceptado el mismo.

3.1.3 Revisión de documentos

El funcionario verificará la información suministrada por el remitente con el propósito de establecer que:

a) Dependiendo del tipo o clase, que los documentos presentados cumplan con las siguientes condiciones:

i) Listas de precios expedidas por los proveedores. Deben estar debidamente visadas, autenticadas y reautenticadas (arts. 193 y 259 CPC).

En general el trámite para realizar la autenticación es el mismo que se ha seguido siempre, no obstante, si las listas de precios son expedidas por una autoridad o han sido autenticadas ante notario o autoridad notarial del país extranjero, se convierten en “documentos públicos” y a raíz de la adhesión por parte del Gobierno Nacional a la Convención de la Haya de 1961 sobre Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros, se suprime la exigencia de la legalización diplomática o consular para estos documentos, cuando hayan ___________________________________________________________________________________ MANUAL DE PROCEDIMIENTOS QUE SE CUMPLEN EN EL GRUPO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES DIVISION DE VALORACIÓN Y ORIGEN

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sido expedidos en el territorio de otro Estado de Parte del Convenio.

Con respecto a dichos países, la legalización consular se sustituye por una medida de control única llamada “Apostille”, que es colocada por una autoridad competente del país donde se elaboró el documento. Un documento así “apostillado” tiene validez en Colombia sin necesidad de ninguna legalización o autenticación adicional.

Si el Estado donde se emite el documento no es parte del Convenio, se seguirá el trámite de legalización ante el consulado colombiano.

ii) No se requerirá de la visación a que se refiere el punto anterior cuando se trate de: ƒ

Proformas o cotizaciones internacionales

ƒ

Publicaciones especializadas (revistas, libros, catálogos, periódicos, entre otros)

ƒ

Información remitida vía fax

ƒ

Información de Internet (Debe cuidarse que los precios no correspondan a los de venta internos en el país de exportación o a los de mercancías producidas en Colombia y que

tengan

indicado

el

Incoterms

en

que

están

suministrados). ƒ

Antecedentes de otras importaciones.

b) Se indique el país de fabricación y/o de procedencia de la mercancía para la cual está suministrando la información. ___________________________________________________________________________________ MANUAL DE PROCEDIMIENTOS QUE SE CUMPLEN EN EL GRUPO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES DIVISION DE VALORACIÓN Y ORIGEN

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c)

Esté indicado el término de entrega "INCOTERMS" en el cual ha sido fijado el precio.

d)

Cuando las listas suministradas se refieran a precios de transferencia (intercompany) no serán utilizados para proyectar circulares.

Si se trata de precios fijados de manera especial para empresas vinculadas, se tomarán como fuente para elaborar las circulares pero señalando claramente en la misma que tales precios sólo podrán ser utilizados como parámetro de comparación y bajo ninguna circunstancia como base de valoración, en el control posterior en aplicación del método del “Ultimo Recurso”.

Sólo

podrán tomarse en cuenta tarifas fijadas entre vinculados, cuando se haya comprobado, a través de un estudio técnico, que no han sido influenciados por la vinculación.

e) Cuando

se

presenten

publicaciones,

que

los

precios

no

correspondan a los de venta internos en el país de exportación o a los de mercancías producidas en Colombia.

f) Si se aportan datos sobre características técnicas, que hayan sido expedidas o traducidas en idioma castellano.

3.1.4 Evaluación de la información

Pretende establecer la viabilidad de utilizar los precios suministrados según se trate de circulares que se elaboran por primera vez o aquellas que modifican las existentes, se utilizará una cualquiera de las siguientes alternativas de evaluación: ___________________________________________________________________________________ MANUAL DE PROCEDIMIENTOS QUE SE CUMPLEN EN EL GRUPO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES DIVISION DE VALORACIÓN Y ORIGEN

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Cuando el estudio sobre el producto se elabora por primera vez: • Elegir una muestra cuyo universo depende de la cantidad de productos con que se cuente en la lista.

Si son demasiados los productos, podrá aplicarse la verificación sobre una muestra elegida de acuerdo a valores, calidad o frecuencia de importación u otra que el funcionario considere representativa.

Si son precios indicados por el proveedor, se hará una comparación de precios con los de otros proveedores o fabricantes, teniendo en cuenta el país de origen de la mercancía. Si se encuentran diferencias significativas se solicitará la explicación al informante sobre la razón de las variaciones.

En todo caso la respuesta deberá comprobarse,

para lo cual puede ser útil la aplicación del método deductivo de manera flexible, utilizando información suministrada para el efecto, del mismo importador.

Cuando no se tengan listas de precios de otros importadores, podrá aplicarse el método deductivo con flexibilidad, con base en información de la misma o de otras empresas que importan y distribuyen mercancías idénticas o similares, para cuyo fin se requerirá al importador los siguientes documentos: •

Copia

o

fotocopia

de

las

facturas

comerciales

que

demuestren el precio de venta unitario en Colombia de ___________________________________________________________________________________ MANUAL DE PROCEDIMIENTOS QUE SE CUMPLEN EN EL GRUPO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES DIVISION DE VALORACIÓN Y ORIGEN

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mercancías importadas idénticas o similares a las que aparecen en la lista suministrada. •

Los gastos internos por unidad, en los que haya incurrido desde el momento de llegada de la mercancía, hasta su colocación en los sitios de venta, ejemplo: acarreos, pagos a las

sociedades

de

intermediación

aduanera

(SIA),

manipulación en puertos o aeropuertos, tributos pagados, concepto y cuantía de los mismos. •

Porcentaje de utilidad bruta obtenida en la enajenación del producto.

Debe recordarse que la Utilidad Bruta contiene gastos de administración (papelería, energía, agua, correo, entre otros), publicidad y en general aquellos que se afectarían por apropiación y/o proyección;

en consecuencia, cuando se

solicite utilidad en estos términos no debe requerirse por separado los gastos de administración. Se hace así cuando ha sido requerida y reportada utilidad neta, antes de impuestos.

o Fletes y seguros internacionales •

Descuentos y/o comisiones de venta concedidos a sus clientes en Colombia.

Recordar que cuando se consideren comisiones no se descuenten beneficios u utilidad (Párrafo 3 del artículo 190 de la Resolución 4240 de 2000) ___________________________________________________________________________________ MANUAL DE PROCEDIMIENTOS QUE SE CUMPLEN EN EL GRUPO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES DIVISION DE VALORACIÓN Y ORIGEN

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Consultar a través de INTERNET, teniendo cuidado de tomar tarifas internacionales y no precios internos del país de importación.

Si después de la aplicación de cualquiera de las alternativas de evaluación presentadas se concluye que no existe diferencia o que las diferencias relativas no son representativas, se tomará el precio informado por el proveedor.

Cuando se realice por primera vez un estudio de productos cuyos precios son publicados en una revista o periódico de circulación internacional u obtenidos a través de Internet, no será necesario realizar la evaluación de la información.

Seleccionados los precios que harán parte del acto administrativo. Cuando se trate de precios estimados e indicativos, en general la metodología es la siguiente:

-

Definición de los productos a los que se aplicará la medida, es decir, los sensibles al contrabando técnico.

-

Recopilación de información relativa a los precios que se están negociando para un tipo de mercancía para cuyo fin se solicitan datos sobre los de precios negociados por los productos importados o los que se ofrecerían para ser importados a Colombia, preferiblemente dados en términos FOB, considerando los países de origen y procedencia.

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Igualmente, con el ánimo de lograr conformar el precio mínimo, se solicita información sobre los costos y gastos de producción promedio, al igual que el beneficio promedio establecido para el tipo de producto.

La información recopilada, la cual puede ser aportada de manera individual (un importador) o grupal (varios importadores o gremios económicos). Esta se recibe y es tratada con carácter confidencial.

- Recopilación de información relativa al producto, en especial, los aspectos que las describen e identifican.

- Celebración

de

reuniones

con

importadores,

productores

nacionales y de ser posible con proveedores o sus representantes, para concertar la conformación de rangos, descripción y precios de los niveles.

En éstas, generalmente, participan también, las

Divisiones de Arancel y Laboratorio, encargadas de la clasificación arancelaria y del análisis merceológico.

- Análisis de la información. Este se realiza en varios sentidos: •

Conformación

de

rangos

con

las

descripciones

reportadas.

Este ejercicio inicia con la conformación de los

rangos,

similitud

por

de

características

y

clasificación

arancelaria, haciendo énfasis en los aspectos que los distinguen entre si, para justificar la diferencia de precios dentro de un rango, por ejemplo, los materiales que conforman el producto, tamaño, marca, tecnología, etc.

Para este propósito,

normalmente se acude al aporte de quienes han suministrado la información. ___________________________________________________________________________________ MANUAL DE PROCEDIMIENTOS QUE SE CUMPLEN EN EL GRUPO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES DIVISION DE VALORACIÓN Y ORIGEN

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Determinación de los precios reportados, para cuyo

propósito se evalúa la información frente a incorporada el año inmediatamente anterior y cuando las variaciones lo requieren, se confronta con los cambios económicos en el país de origen y los cambios tecnológicos del producto. Si el resultado refleja consistencia con relación a los parámetros utilizados, se consideran

en

los

procesos

de

construcción

del

acto

administrativo en el que se fijan los precios de referencia. Aceptados los precios se realiza entonces el análisis frente a los rangos determinados. •

Asignación de precios a los niveles de los rangos.

Terminado el análisis y selección de precios, se considera el más alto reportado para los productos del rango, el cual se constituirá en el nivel superior. Esto simplemente es un límite del rango, que no implica que no se pueda declarar por encima o por debajo de él.

Cuando se ha logrado tener costos de producción, se toman los mínimos reportados, adicionando al mismo, los beneficios promedio.

Al igual que el anterior, es sólo un parámetro de

control. Si no se tienen los valores promedio de producción, se toman los más bajos a los que se han negociado o se ofrecen tales productos en el mercado internacional para su importación a Colombia. En todo caso, si los precios son confiables, se toma el más bajo de todos.

En caso contrario, se excluye de la

relación el que ofrece dudas. ___________________________________________________________________________________ MANUAL DE PROCEDIMIENTOS QUE SE CUMPLEN EN EL GRUPO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES DIVISION DE VALORACIÓN Y ORIGEN

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Normalmente el precio indicativo corresponde al precio del nivel inferior de los precios estimados.

Si estos no se fijan, los

indicativos serán los que resulten del estudio y correspondan a los más bajos de los productos estudiados, considerando las diferentes características. • Proyecto de Resolución.

El proyecto es presentado a los importadores y gremios, a fin de lograr sus observaciones, buscando que los precios de referencia sean consistentes con las características y precios de los productos que eventualmente serán importados al país.

Los precios indicativos utilizan la metodología de los precios tradicionales y algunos aspectos de los estimados.

3.2 Estudios de modificación o actualización.

Si se trata de un producto para el cual ya se ha expedido Circular de Precios de Referencia o Resoluciones de precios estimados o indicativos, deben compararse las tarifas actuales con las contenidas en el acto administrativo inmediatamente anterior, con el fin de comprobar si las variaciones de precio se ajustan con las efectivas del país de que se trate.

Con este propósito, se debe elegir una muestra considerable de artículos idénticos que figuren en el acto administrativo anterior y en la nueva lista para establecer si el comportamiento de los precios es semejante a los porcentajes de variación de los precios al productor o al consumidor (según la lista haya sido expedida por un fabricante o comerciante). ___________________________________________________________________________________ MANUAL DE PROCEDIMIENTOS QUE SE CUMPLEN EN EL GRUPO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES DIVISION DE VALORACIÓN Y ORIGEN

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En la revista “Estadísticas Internacionales” del Fondo Monetario Internacional, se encuentra información de índices de precios, los cuales servirán para establecer las variaciones porcentuales de precio (inflación) en los países de que se trate, así:

P2

1 * 100

En donde:

P1 P1

= Indice de precios del año o período anterior

P2

= Indice de precios del año o período actual

En la revista del Banco de la República se publican las variaciones de precios (inflación) ya calculada.

Si no hay diferencia de precios o ésta se aproxima mucho al índice de inflación del país productor o exportador, las listas pueden ser utilizadas para la elaboración de la Circular de Precios. De no ser así, se debe contactar a la empresa que la suministró para pedir aclaración al respecto y decidir sobre su utilización o archivo definitivo.

Vale la pena señala que una forma de actualizar los actos administrativos es a través de la aplicación del índice promedio de precios al productor, de los distintos países de los que proceden las mercancías importadas en el período inmediatamente anterior a la fecha de expedición del respectivo acto administrativo.

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Los promedios se obtienen de los índices de precios al productor reportados por la revista del Fondo Monetario Internacional, teniendo cuidado de analizar los distintos años que han pasado desde la expedición del último acto administrativo.

El resultado de la aplicación se presenta a consideración del público en la página web de la DIAN por un período razonable, para que se formulen las observaciones sobre los mismos y se planteen los ajustes necesarios, debidamente respaldados, para que éstos correspondan a los del mercado internacional o que sus desfases sean mínimos.

Las observaciones son analizadas y la DIAN decide con fundamento en los distintos elementos de juicio a disposición si se realizan los ajustes para obtener la versión definitiva, la que se incorporará en el respectivo proyecto de acto adminsitratio y se someterá a consideración y firma del Director de Aduanas.

3.3 Elaboración del respectivo acto administrativo ( circular de precios de referencia o resolución de precios estimados o indicativos)

Realizado el estudio y establecida la viabilidad de producir el acto administrativo, se diseñará su presentación y se incorporará la información de precios. Se debe procurar su elaboración por gama de artículos, por ejemplo,

Licores, Electrodomésticos, Confecciones,

Textiles, agrupando información de diferentes marcas o países de origen. (Anexo 18, 18 A)

Cuando los decimales no sean representativos en el precio del bien, deben hacerse las aproximaciones a los valores inmediatos, es decir ___________________________________________________________________________________ MANUAL DE PROCEDIMIENTOS QUE SE CUMPLEN EN EL GRUPO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES DIVISION DE VALORACIÓN Y ORIGEN

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centésimas iguales o superiores a 0.50 se aproximan a la unidad superior y las inferiores se eliminarán.

4. Trámite

Una vez finalizada la incorporación se entregará la versión del estudio y del proyecto del acto administrativo al Jefe de Grupo.

Este podrá

aprobarlo o devolverlo al funcionario, asignado para su realización, con observaciones.

En la primera situación se deberán hacer los ajustes

correspondientes y volver a presentarlo al jefe de grupo para su aprobación, una vez se logre, se elaborará el oficio de remisión al Director de Aduanas, para firma del jefe de la Subdirección Técnica Aduanera, con el visto bueno de los jefes de Grupo y de la División, anexando el acto administrativo en medio magnético.

Cuando el acto administrativo haya sido firmado por el Director de Aduanas y sometido al proceso de radicación general de la Entidad, deberá entregarse una copia al Grupo Interno de Trabajo de Sistemas de Información en forma escrita y magnética para su transmisión y difusión inmediata.

Este

manual

se

trabaja

conjuntamente

con

la

metodología

de

procedimiento estadístico.

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