Exposición a vibraciones en el sector del transporte de

Exposición a vibraciones en el sector del transporte de viajeros por carretera. 5 Indice. 1. Presentación...

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Exposición a vibraciones en el sector del transporte de viajeros por carretera

Exposición a vibraciones en el sector del transporte de viajeros por carretera

Editor: ASINTRA Federación Española Empresarial de Transportes de Viajeros Calle de Méndez Álvaro, 83 28045 Madrid www.asintra.org Depósito Legal: M-38145-2012 1ª Edición: 11/2012

Exposición a vibraciones en el sector del transporte de viajeros por carretera

Indice 1. Presentación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .7 2. Aspectos generales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8 3. Causas de la exposición a vibraciones en vehículos de transporte de viajeros por carretera . . 9 4. Efectos en la salud de los conductores expuestos a vibraciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10 4.1. Frecuencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10 4.2. Tiempo de exposición. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11 4.3. El frío y la humedad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11 4.4. Características personales del trabajador. . . . . . . . . . . . . . 11

5. Riesgo de exposición a vibraciones durante el embarazo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .12 6. Equipos de protección individual. . . . . . . . . . . . . . . .13 7. Obligaciones del empresario . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14 7.1. Evaluar el riesgo de exposición a vibraciones. . . . . . . . . . .14 7.2. Formación e información a trabajadores. . . . . . . . . . . . . . .15 7.3. Vigilancia de la salud.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16

8. Medidas preventivas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .17 9. Pautas de trabajo seguro para los conductores expuestos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18 10. Bibliografía. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .19

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1. Presentación El presente folleto “Exposición a vibraciones en el sector de transportes de viajeros por carreteras” es una herramienta informativa promovida por ASINTRA en el marco del III Plan Director en Prevención de Riesgos Laborales. El objetivo de este folleto es divulgar e informar a los trabajadores del sector del transporte de viajeros por carretera de los efectos en la salud debidos a la exposición a vibraciones, así como las medidas preventivas y las pautas de trabajo seguro.

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2. Aspectos generales Desde el punto de vista preventivo se pueden clasificar las vibraciones en función de la parte del cuerpo a la que afecten en: »» Vibraciones transmitidas al sistema mano-brazo:son vibraciones mecánicas que se transmiten al sistema humano de mano y brazo y supone riesgos para la salud y la seguridad de los trabajadores, en particular, problemas vasculares,de huesos o de articulaciones, nerviosos o musculares. Ejemplo: En la realización de procesos y utilización de herramientas a motor. »» Vibraciones transmitidas al cuerpo entero: son vibraciones mecánicas que se transmiten a todo el cuerpo, y suponen riesgos para la salud y la seguridad de los trabajadores, en particular, lumbalgias y lesiones de la columna vertebral. Ejemplo: Éstas vibraciones se dan principalmente en vehículos de transporte o durante la conducción de vehículos, pero también en algún proceso industrial. Tipos de vibraciones

vibraciones mano-brazo

vibraciones cuerpo entero

En el sector de conducción de vehículos de transporte de viajeros por carretera, el tipo de vibración significativo al que se encuentran expuestos los trabajadores, son las vibraciones transmitidas al cuerpo entero, ya que son aquellas que el cuerpo recibe cuando gran parte de su peso descansa sobre una superficie vibrante en este caso, sobre el asiento o respaldo del puesto de conducción.

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3. Causas de la exposición a vibraciones en vehículos de transporte de viajeros por carretera

Las causas principales de la presencia de vibraciones transmitida al cuerpo entero en los vehículos de viajeros por carretera son: Mantenimiento inadecuado de los sistemas de amortiguación y suspensión del vehículo.

Asientos no ergonómicos en mal estado.

Pavimento de las vías de circulación en mal estado (baches, desniveles, etc).

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4. Efectos en la salud de los conductores expuestos a vibraciones Los principales efectos/daños producidos en la salud de los trabajadores expuestos a vibraciones de cuerpo entero son las afecciones en la columna vertebral: Ejemplo: »» Discopatías dorsolumbares »» Lumbalgias »» Ciática Además la exposición laboral a vibraciones de cuerpo entero pueden producir en los trabajadores: »» Alteraciones digestivas »» Alteraciones vasculares periféricas (hemorroides, varices) »» Alteraciones en la esfera reproductiva (abortos espontáneos, desórdenes menstruales), »» Trastornos respiratorios »» Trastornos músculo-esqueléticos »» Trastornos sensoriales »» Trastornos cardiovasculares »» Alteraciones en el sistema nervioso »» Alteraciones en el sistema circulatorio. Los efectos citados anteriormente pueden agravarse en función de los siguientes factores:

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4.1. Frecuencia Las frecuencias que afectan al organismo se encuentran entre valores menores a 1Hz y 1000Hz. A mayor frecuencia de la vibración, mayor es el daño que se produce en el organismo del trabajador. Las vibraciones generadas por los vehículos de transporte son vibraciones de baja frecuencia, entre 1 y 20 Hz

Frecuencia en vehículos de transporte de viajer por carretera

1 - 20 hZ

4.2. Tiempo de exposición El tiempo de exposición es un factor que también influye en la gravedad, debido a que a mayor tiempo de exposición, mayor es la gravedad de los efectos causados por la exposición.

4.3. El frío y la humedad El frío y la humedad son condiciones ambientales que pueden agravar los efectos de la exposición a vibraciones. A menor temperatura y mayor humedad peores consecuencias tiene la exposición a vibraciones.

4.4. Características personales del trabajador Las características personales de cada trabajador, como por ejemplo: la susceptibilidad individual, la edad, el estado de salud, etc. también pueden repercutir en los efectos producidos por la exposición a vibraciones.

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5. Riesgo de exposición a vibraciones durante el embarazo Se recomienda que las mujeres embarazadas, sobretodo en el último trimestre, no realicen actividades que conlleven un riesgo derivado de vibraciones de cuerpo entero, especialmente a bajas frecuencias, a las que pueden estar expuestos durante la conducción de vehículos de largas distancias, debido a que existen estudios sobre vibraciones y embarazo en los que relacionan esta exposición con un aumento de la incidencia de abortos espontáneos, parto pre término, complicaciones durante el parto y bajo peso al nacer. En el caso de la lactancia materna no se han encontrado efectos relacionados durante la exposición laboral a vibraciones. Cabe destacar que no existen estudios que establezcan un valor límite de exposición a vibraciones de cuerpo entero especificos a mujeres embarazadas

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6. Equipos de protección individual. En lo que se refiere al uso de cinturones o fajas de protección frente a vibraciones transmitidas al cuerpo entero, no existe consenso sobre su utilidad y en algunos casos dicho uso puede provocar alteraciones en el sistema cardiovascular, limitaciones en la movilidad del trabajador, reducción en la elasticidad de los músculos y tendones y falsa sensación de seguridad del trabajador. Cuando existan dudas sobre el uso de fajas la decisión se basará en el criterio médico de Vigilancia de la Salud, especialmente cuando los trabajadores tengan algún tipo de patología previa.

No se dispone de equipos de protección individual certificados que sean adecuados para paliar los efectos de las vibraciones transmitidas al cuerpo entero.

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7. Obligaciones del empresario 7.1. Evaluar el riesgo de exposición a vibraciones. El empresario de aquellas empresas del sector de transporte de viajeros por carretera debe eliminar o reducir lo más posible los niveles de vibraciones a los que se encuentran expuestos sus trabajadores, por ello debe evaluar el nivel de exposición a vibraciones en el puesto de trabajo de conductor. Para la evaluación de los niveles de vibraciones, en dicho puesto de trabajo, el empresario puede recurrir a: »» La observación de los métodos de trabajo concretos y remitirse a la información apropiada sobre la magnitud probable de la vibración del equipo o del tipo de equipo utilizado en las condiciones concretas de utilización,incluida la información facilitada por el fabricante, siempre que el empresario justifique, que la naturaleza y el alcance de los riesgos relacionados con las vibraciones mecánicas hacen innecesaria una evaluación más detallada. »» Realización de mediciones de los niveles de exposición a vibraciones. Para realizar las mediciones es necesario el uso de aparatos específicos, una metodología adecuada y personal que cuente con la titulación superior en prevención de riesgos laborales con la especialidad de higiene industrial. Según el Decreto 1311/2005, de 4 de noviembre, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas, para la vibración transmitida al cuerpo entero existen los siguientes valores límite:

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1,15 m/s2 Valor límite de exposición diaria (8 horas)

0,5 m/s2 Valor de exposición diaria (8 horas)

Los trabajadores no deberán estar expuestos en ningún caso a valores superiores al valor límite de exposición. En el caso de superar el empresario debe adoptar medidas de inmediato para reducir la exposición a niveles inferiores a dicho valor límite.

7.2. Formación e información a trabajadores El empresario debe velar porque los trabajadores expuestos a riesgos derivados de vibraciones mecánicas en el lugar de trabajo reciban información y formación sobre los siguientes aspectos: »» Las medidas tomadas para eliminar o reducir al mínimo losriesgos derivados de la vibración mecánica. »» Los valores límite de exposición y los valores de exposición que dan lugar a una acción. »» En caso de existir mediciones, mostrar los resultados de las evaluaciones y mediciones de la vibración mecánica efectuadas. »» Los daños para la salud. »» La conveniencia y el modo de detectar e informar sobre signos de daños para la salud. »» Las circunstancias en las que los trabajadores tienen derecho a una vigilancia de su salud. »» Las prácticas de trabajo seguras, para reducir al mínimo la exposición a las vibraciones mecánicas.

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7.3. Vigilancia de la salud. Los conductores con exposición laboral a vibraciones deben realizar los siguientes reconocimientos médicos: »» Reconocimiento médico inicial, previamente al incorporarse al puesto de trabajo. »» Reconocimiento médico periódico. Las medidas de vigilancia y control de la salud de los trabajadores se llevarán a cabo por personal sanitario. La vigilancia de la salud tiene como objetivo la prevención y el diagnostico precoz de cualquier daño para la salud como consecuencia de la exposición a vibraciones mecánicas. El empresario debe ofrecer a sus trabajadores expuestos a vibraciones la vigilancia de la salud con la realización de reconocimientos médicos.

A este respecto, el nuevo cuadro de enfermedades profesionales aprobado por el RD 1299/2006, incluye las discopatías de la columna dorsolumbar causadas por vibraciones verticales repetidas de todo el cuerpo dentro de la lista de enfermedades cuyo origen profesional se sospecha.

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8. Medidas preventivas Los riesgos derivados de la exposición a vibraciones mecánicas deberán eliminarse en su origen o reducirse al nivel más bajo posible, para ello pueden adoptarse las siguientes medidas preventivas: »» Seleccionar vehículos con baja intensidad de vibración. »» Disponer de vehículos con asientos ergonómicos, suspensión adecuada, antivibratorios y en buen estado. »» Realizar mantenimiento periódico del vehículo (amortiguadores, neumáticos, suspensión, etc.). »» Usar neumáticos antivibratorios. »» Cumplir con los descansos estipulados en la normativa durante la jornada laboral. »» Usar ropa de trabajo adecuada a la climatología. »» Respetar los límites de velocidad. »» Informar y formar a los trabajadores. »» Realizar reconocimientos médicos.

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9. Pautas de trabajo seguro para los conductores expuestos »» En caso de detectar anomalías en el vehículo (asiento, ruedas, amortiguación, etc.) informar a la empresa. »» Comprobar que los neumáticos tienen el aire adecuado para su conducción. »» Realizar las paradas obligatorias. Durante el descanso aprovechar para levantarse y cambiar de postura. »» Respetar el límite de velocidad. No conducir de forma busca. »» Evitar ambientes fríos. Utilizar la ropa de trabajo adecuada en cada estación del año. »» Adoptar posturas adecuadas durante la conducción. ›› Regular el asiento a tus características. ›› No apoyar el codo sobre la ventanilla. »» En caso de embarazo, informar a la empresa lo antes posible para que tome las medidas adecuadas para reducir o eliminar la exposición.

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10. Bibliografía »» Real Decreto 1311/2005, de 4 de noviembre, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas. BOE nº 265 05-11-2005. Páginas 36385 a 36390. »» Real Decreto 330/2009, de 13 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1311/2005, de 4 de noviembre, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas. BOE nº 73 26-03-2009. Sec. I. Pág. 29156 a 29158. »» Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro. BOE núm. 302 de 19 de diciembre de 2006, páginas 44487 a 44546. »» Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con las vibraciones mecánicas del Real Decreto 1311/2005, de 4 de noviembre. BOE Nº265 de 5 de noviembre. INSHT. »» NTP 839. Exposición a vibraciones mecánicas. Evaluación del riesgo. INSHT. »» Guía para la acción preventiva. Trasporte de personas. Evaluación de riesgos. Serie microempresas. INSHT. Madrid. M-8548-2002. »» Vibraciones. Enciclopedia OIT. INSHT. »» ERGA FP. Boletín de prevención de riesgos laborales para la Formación Profesional. Nº 71 Vibraciones en el trabajo. INSHT. »» Documentación básica. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la exposición de vibraciones mecánicas en los puestos de trabajo. Extracto Directiva 2002/44/CE. Norma UNE-EN-ISO 53491. Norma ISO 2631-1. Gobierno de Navarra. NA-2.396/2004. Enlace de interés: »» www.insht.es

Exposición a vibraciones en el sector del transporte de viajeros por carretera “El Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo colabora en esta publicación en el marco del III Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2007-2011 y no se hace responsable de los contenidos de la misma ni las valoraciones e interpretaciones de sus autores. La obra recoge exclusivamente la opinión de su autor como manifestación de su derecho de libertad de expresión”.