Sistema de Retiro de los Empleados de la Autoridad de

Reserva - La porción del pago hipotecario que se utiliza para pagar los seguros y contribuciones sobre la propiedad. 36. Sistema de Retiro - Sistema d...

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Sistema de Retiro de los Empleados de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico

PROCEDIMIENTO PARA EL COBRO DE PRÉSTAMOS EN ATRASO Diciembre 2007

PROCEDIMIENTO PARA EL COBRO DE PRÉSTAMOS EN ATRASO TABLA DE CONTENIDO Página I. INTRODUCCIÓN.............................................................................................................1 II. DEFINICIONES ...............................................................................................................1 III. DISPOSICIONES GENERALES......................................................................................4 IV. INSTRUCCIONES PARA EL COBRO DE LOS PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS, PERSONALES Y TÍTULO I EN ATRASOS.........................................................................10 V. ENMIENDAS E INTERVENCIONES .............................................................................16 ANEXOS A - Primera carta de cobro en atraso B - Segunda carta de cobro en atraso C - Tercera carta de cobro en atraso notificando que el caso se referirá a los abogados D - Cuarta carta de cobro en atraso notificando que la cubierta de la póliza de seguro de vida quedará cancelada E - Title I Claim Filing Guide F - Title I Claim for Loss - (Part 1) Transmittal G - Title I Claim for Loss - (Part 2) Application Voucher H - Title I Claim for Loss - (Part 3) Claim Calculation Worksheet

Procedimiento para el Cobro de Préstamos en Atraso I. INTRODUCCIÓN Este procedimiento tiene el propósito de identificar los préstamos personales e hipotecarios en atrasos y establecer las normas para el cobro a los empleados, ex empleados y jubilados de la Autoridad de Energía Eléctrica. Además, mantener un registro para dar seguimiento a las gestiones de cobro administrativas y definir las normas para los acuerdos de pago. II. DEFINICIONES 1.

Acuerdo de Pago - Pagos parciales que el Deudor se compromete a efectuar para abonar a los atrasos del préstamo o a una deuda en Reserva.

2. Autoridad - Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico 3. Cuenta 14.04 (01-213230.00 - Pagos no Aplicados a Préstamo Hipotecario Convencional - Primera Hipoteca) - Cuenta donde se acreditan o debitan los pagos no aplicados de los préstamos hipotecarios convencionales. 4. Cuenta 14.12 (01-214130.00 - Reserva de Préstamos Hipotecarios - Solares) - Cuenta donde se acreditan o debitan los pagos a la Reserva de los préstamos de solares. 5. Cuenta 14.13 (01-214120.00 - Reserva de Préstamos Hipotecarios Convencionales) - Cuenta donde se acreditan o debitan los pagos a la Reserva de los préstamos de primera hipoteca. 6. Cuenta 14.14 (01-214140.00 - Reserva de Préstamos Hipotecarios Segundas Hipotecas) - Cuenta donde se acreditan o debitan los pagos a la Reserva de los préstamos de segundas hipotecas. 7. Cuenta 14.15 (01-214160.00 - Reserva de Préstamos Título 1 FHA) - Cuenta donde se acreditan o debitan los pagos a la Reserva de los préstamos Título I. 8. Cuenta 14.21 (01-216110.00 - Depósitos de Contribuciones Hipotecarias a Rembolsar) - Cuenta de Reserva donde se acreditan los posibles pagos de contribuciones de los préstamos hipotecarios. 9. Deudor - Miembro Activo o Jubilado que tiene préstamo con el Sistema de Retiro.

Procedimiento para el Cobro de Préstamos en Atraso Página 2 10. Ejecución de Hipoteca - Proceso mediante el cual se tramita ante el Tribunal el cobro de una obligación hipotecaria declarada vencida líquida y exigible y que está garantizada con un bien inmueble. 11. Empleados Activos - Para propósito de estas instrucciones, son los Estatus R, A, V, NI, NN, NS, NW, NX y T. 12. Escritura - Documento legal otorgado ante un notario público donde una o más personas reconocen un negocio jurídico como un contrato de compraventa, préstamo hipotecario u otros. 13. Estatus A - Empleados Accidentados 14. Estatus J - Empleados jubilados 15. Estatus ND - Empleados en separación definitiva 16. Estatus NE - Empleados que renunciaron 17. Estatus NF - Empleados que fallecieron 18. Estatus NI - Empleados en reclutamiento militar 19. Estatus NJ - Empleados que están en proceso de jubilación 20. Estatus NK - Empleados cesanteados 21. Estatus NN - Empleados nuevos 22. Estatus NS - Empleados suspendidos 23. Estatus NT - Empleados temporeros con terminación en 168 días 24. Estatus NW - Empleados con Licencia sin Paga 25. Estatus NX - Empleados con Licencia Sindical 26. Estatus NZ - Empleados en Licencia Separación Voluntaria 27. Estatus R - Empleados Regulares

Procedimiento para el Cobro de Préstamos en Atraso Página 3 28. Estatus T - Empleados Temporeros 29. Estatus V - Empleados de Vacaciones 30. Informe de Préstamos Hipotecarios en Atrasos Mensual, Catorcenal, Catorcenal Jubilados, Pronto Pago y Préstamos Personales en Atrasos Informes Mensuales computarizados que muestran los préstamos hipotecarios y personales en atrasos, el pago mensual, el estatus del empleado, el total de la deuda incluyendo los recargos y los pagos no aplicados. 31. Informe de Préstamos Referidos a los Abogados - Informe computarizado que indica los préstamos referidos a los abogados para el cobro y/o Ejecución de Hipoteca. 32. Pagaré Hipotecario - Documento legal que obliga a un Deudor a pagar un préstamo a una tasa de interés estipulado, durante un período de tiempo específico. El acuerdo es garantizado por una hipoteca. 33. Pago Directo - Cuando el Deudor regularmente efectúa el pago con libreta de cupones por medio de cheque o giro. 34. Registro de Quiebras - Informe que indica los datos de casos de Deudores que se acogieron a los beneficios de la Ley de Quiebras (Capítulo 7 ó 13). 35. Reserva - La porción del pago hipotecario que se utiliza para pagar los seguros y contribuciones sobre la propiedad. 36. Sistema de Retiro - Sistema de Retiro de los Empleados de la Autoridad de Energía Eléctrica.

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III. Disposiciones Generales 1. La Sección de Contabilidad de Préstamos del Sistema de Retiro es responsable de mantener al día los datos y aplicar catorcenal o mensualmente todos los pagos de préstamos que concede el Sistema de Retiro. 2. La Sección de Préstamos Hipotecarios es responsable de enviar los datos de los préstamos nuevos a la Sección de Administración de Préstamos, a través del sistema automatizado inmediatamente se otorga un préstamo. 3. La Sección de Administración de Préstamos genera los Informes de Préstamos Personales e Hipotecarios en Atraso y es responsable de gestionar el cobro de éstos, de acuerdo con las disposiciones de este Procedimiento, leyes y reglamentos estatales y federales. 4. El vencimiento de los plazos de los préstamos hipotecarios y préstamos de Título I para mejoras al hogar es el día primero de cada mes, excepto los que se amortizan catorcenalmente y préstamos personales que vencen cada catorcena. 5. Aquellos préstamos cuyos pagos se hagan mediante descuento mensual, tendrán 15 días de gracia a partir del vencimiento. De no recibirse el pago, el recargo será el 5% del pago mensual a partir del día 17 o a partir del próximo día laborable a partir de los 15 días de gracia. 6. Aquellos préstamos cuyos pagos se hagan mediante descuentos catorcenal, tendrán 7 días de gracia a partir del vencimiento. De no recibirse el pago, el recargo será el 5% del pago catorcenal a partir del octavo día de la fecha de vencimiento o el próximo día laborable después de los 7 días de gracia. 7. Tanto en los préstamos de vencimiento mensual como catorcenal, las gestiones de cobro deben comenzar desde el primer mes de atraso. Dicha gestión de cobro consistirá de una carta certificada con acuse de recibo para requerir el pago inmediato del atraso que será generada al vencimiento mencionado en las Disposiciones 5 y 6. Después de 3 meses de atrasos consecutivos, se seguirá el procedimiento según las Disposiciones 10 y 11. En casos de préstamos personales, no aplicará la notificación de inspección a la propiedad.

Procedimiento para el Cobro de Préstamos en Atraso Página 5 8. La Escritura de hipoteca establece el cobro de deudas de cualquier beneficio que tenga el miembro en la Autoridad o el Sistema e incluye las aportaciones acumuladas. El pagaré de los préstamos personales establece que la deuda esta garantizada por las aportaciones e intereses acumulados, pensión, Beneficio de Año de Sueldo, Beneficio por Jubilación o Muerte (Fondo Especial) y las aportaciones acumuladas en otros, Sistemas de Retiro del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. 9. La Sección de Administración de Préstamos puede utilizar el balance de la Cuenta 14.21 (depósitos de contribuciones hipotecarias a rembolsar) y el sobrante de la cuenta de Reserva para cubrir atrasos si el Supervisor de la Sección de Administración de Préstamo determina que no hay deuda contributiva y si el Deudor lo autoriza por escrito. También, puede utilizar cualquier balance en crédito que tenga en la cuenta de pagos no aplicados. 10. Cuando un préstamo mensual tiene 3 plazos vencidos y si en el transcurso de los 7 días no se recibe el pago, se refiere el caso a los abogados para el cobro y/o ejecución de la hipoteca y se realizará una visita para inspeccionar la propiedad. Se le envía al Deudor una tercera carta certificada con acuse de recibo, en la cual se le notifica que el caso se refirió a los abogados y se informará a las agencias de informe de crédito los casos en atraso de préstamos hipotecarios y pronto pago. Una vez se lleve a cabo la visita de inspección a la propiedad, se le notificara al Deudor sobre dicha visita. 11. Cuando un préstamo catorcenal acumula atrasos de 3 meses, el caso se refiere a los abogados para el cobro y/o ejecución de la hipoteca y se realiza una visita para inspeccionar la propiedad. Se le enviará al Deudor una carta certificada con acuse de recibo en que se le advertirá que el caso le será referido a los abogados y se informará a las agencias de informe de crédito los casos en atraso de préstamos hipotecarios y pronto pago. Una vez se lleve a cabo la visita de inspección a la propiedad, se le notificara al Deudor sobre dicha visita. 12. En los casos de Estatus J y NF, el Departamento de Pensiones y Beneficios cobrará el balance del préstamo adeudado de los beneficios a que tenga derecho. Si los beneficios no son suficientes para satisfacer la deuda, se enviará carta de cobro y se le ofrecerá un Acuerdo de Pago que será descontado de la pensión. De no contestar el Miembro Jubilado, el Sistema realizará el descuento de la pensión, según designe la ley hasta cobrar la deuda.

Procedimiento para el Cobro de Préstamos en Atraso Página 6 13. En los casos con Estatus NI, se le envían cartas de cobro y libreta de cupones para el Pago Directo, ya que están en servicio militar activo. El empleado militar deberá cumplir con su obligación, según establece la Service Members Relief Act, y el Sistema evaluará dicha solicitud conforme con esta Ley. 14. En el caso de un empleado activo que por alguna razón no recibe su pago catorcenal o que el ingreso no alcance y no paguen los atrasos de préstamos personales, la Sección de Administración de Préstamos los refiere al Gerente del Departamento de Préstamos y éste al Administrador del Sistema de Retiro. El Administrador los refiere a la Junta de Síndicos y ésta decidirá la acción a seguir, ya sea cobro de aportaciones o referir al abogado para cobro por la vía judicial. En el caso de cobro de las aportaciones, se refiere al Gerente del Departamento de Contabilidad y Finanzas. 15. La Sección de Administración de Préstamos, con la aprobación del Gerente de Préstamos, podrá aceptar pagos parciales cuando existen uno o más plazos atrasados si el caso no fue referido a los abogados. Los pagos serán formalizados con el Deudor a través de un Acuerdo de Pago. 16. El Acuerdo de Pago que se concede al miembro por atrasos en los préstamos hipotecarios tendrá un primer plazo del 50% del total adeudado o la cantidad acordada entre el Supervisor de la Sección de Administración de Préstamos, el Gerente y el Deudor. Este Acuerdo de Pago será aprobado por el Administrador del Sistema. El balance adeudado o el total de la deuda, en los casos de préstamos personales, no se distribuirá en más de 2 años ni se extenderá más allá del vencimiento del pagaré. Esto aplicará también a préstamos hipotecarios. El término del Acuerdo de Pago dependerá de la cantidad de la deuda, esto es, a menor cantidad adeudada, menor término, a mayor cantidad adeudada, mayor término, sin exceder los 2 años. 17. Cuando el préstamo se refiera al abogado para acción judicial y el Deudor solicite un Acuerdo de Pago, el abogado coordinará su aprobación con el Gerente del Departamento de Préstamos y el Administrador del Sistema. El Miembro Jubilado o Beneficiario será responsable de los honorarios de abogado, del pago de las costas y otros gastos que incurra el Sistema en estas gestiones de cobro. 18. Si el abogado no puede comunicarse con la Sección de Administración de Préstamos para la aprobación del Acuerdo de Pago, podrá proceder sin la aprobación del Sistema, siempre que se rija por las guías anteriores y éste

Procedimiento para el Cobro de Préstamos en Atraso Página 7 envíe el pago recibido no más tarde de 3 días laborables de la fecha de recibo, con el original del acuerdo del pago. 19. La Sección de Administración de Préstamos es responsable de verificar el cumplimiento con los acuerdos de pago. Si el Deudor incumple con uno de los plazos del plan de pago y/o está protegido bajo la Ley de Quiebras, se referirá nuevamente a los abogados para la acción correspondiente. 20. A los Deudores de los préstamos de Título I para mejoras al hogar, el Sistema debe llamar por teléfono al Deudor o citar por escrito al Deudor a una reunión para discutir el atraso en el préstamo. Si el Deudor no puede ser localizado, se rehúsa a asistir o no asiste a la reunión citada o no llega a un acuerdo para pagar la deuda, el Sistema procederá a tomar acción conforme con la Disposición 21. Estas gestiones del Sistema deben estar documentadas. 21. Luego de la llamada telefónica o la reunión mencionada en la Disposición 20, el Sistema debe enviar una notificación escrita al Deudor de que el préstamo está en atrasos (Anexo A). Esta notificación debe enviarse con acuse de recibo e incluirá la siguiente información: A. Descripción de la obligación o garantía que tiene el Sistema; B. Un estado de cuentas de la naturaleza del atraso y la cantidad adeudada al Sistema en principal e interés al día 30 después de la notificación; C. Un requerimiento inequívoco al Deudor que deberá pagar el atraso, ya sea mediante pago del préstamo o refinanciando el mismo o un acuerdo de modificación o plan de repago no más tarde del día 30 de la notificación; D. Informarle al Deudor que si no paga el atraso ni llega a un acuerdo de modificación o plan de repago, entonces, al día 30 luego de la notificación, se acelerará el pago de la hipoteca y se le requerirá el pago del préstamo en su totalidad; E. Se le notifica, además, al Deudor en esta carta que si el atraso continúa, se informará dicho atraso a la agencia de informe de crédito correspondiente. 22. La misma carta mencionada en la Disposición 21, deberá enviarse en una segunda ocasión (Anexo B). De no responder el Deudor a los 30 días de la

Procedimiento para el Cobro de Préstamos en Atraso Página 8 segunda carta, se le enviará al Deudor una tercera carta donde se le notifica que es la carta final de la gestión extrajudicial y que de no recibir el pago, el caso se referirá a los abogados (Anexo C). Antes de enviar la tercera gestión de cobro, se visita la propiedad y se notifica al miembro que a los 6 meses de adeudada la póliza de cubierta de seguro de vida queda cancelada (Anexo D). Los préstamos Título I que tengan 6 meses de atraso o más, se informarán a la Federal Housing Administration (FHA) de acuerdo con las instrucciones en el Title I Claim Filing Guide (Anexo E). 23. Si luego de que el Deudor reciba la carta mencionada en la Disposición 21 y éste no responde, la Sección de Administración de Préstamos completa el Title I Claim for Loss Transmittal Letter (Anexo F), el Title I Claim for Loss Application Voucher (Anexo G) y el Claim Calculation Worksheet (Anexo H). El Sistema tendrá 15 días a partir del tercer atraso para reclamar. Si durante este término se recibe el pago de la deuda, se notificará a la FHA. 24. FHA envía el Title I Claim Acknowledgment Letter para confirmar el recibo de la reclamación y el Notification of Title Claim Payment, el cual indica la cantidad de la pérdida a desembolsar al Sistema, que considera los intereses y un 10% que corresponde al coaseguro. Luego que se reciba el pago por la pérdida, se envía a FHA el Title I Transfer of Note Report, que incluye el original del pagaré endosado como sigue: ALL RIGHTS, TITLE, AND INTEREST OF THE UNDERSIGNED ARE HEREBY ASSIGNED (WITHOUT WARRANTY EXCEPT THAT THE ROTE QUALIFIES FOR INSURANCE) TO THE UNITED STATES OF AMERICA (DEPARTMENT OF HOUSING AND URBAN DEVELOPMENT). EMPLOYEES’ RETIREMENT SYSTEM OF THE PUERTO RICO ELECTRIC POWER AUTHORITY. FINANCIAL INSTITUTION ___________________________________________________ LOAN DEPARTMENT MANAGER 25. La factura que se recibe mensualmente para el pago de las primas de seguro de los préstamos Título I, indica el balance disponible en la Reserva para cubrir las reclamaciones. 26. Si el caso se refiere al abogado para reclamar por la vía judicial y el préstamo excede de $7,500, se aplican las disposiciones del Procedimiento para la Disposición de Propiedades Garantizadas por Préstamos Hipotecarios

Procedimiento para el Cobro de Préstamos en Atraso Página 9 Adquiridas por el Sistema de Retiro a través de Venta Judicial, Dación en Pago y Otro Medio. Si es $7,500 o menos, se aplicarán los procedimientos de demanda en cobro de dinero y se incluirán los honorarios de abogados, el pago de las costas y otros gastos que incurra el Sistema en estas gestiones de cobro. Esta disposición también aplica a los préstamos pronto pago. 27. El Gerente del Departamento de Préstamos se asegurará de que se anote un embargo preventivo en el Registro de la Propiedad, a los casos reclamados y los referidos a los abogados.

Procedimiento para el Cobro de Préstamos en Atraso Página 10

IV. Instrucciones para el Cobro de los Préstamos Hipotecarios, Personales y Título I en atrasos Responsable Oficinista de Servicios y Administración de Préstamos

Instrucciones 1. Generar los informes de Préstamos en atrasos. 2. Consultar con el supervisor inmediato alguna gestión especial. 3. Clasificar las cuentas atrasadas por tipo de Deudor (empleado o no empleado), estatus de la cuenta, casos referidos a los abogados y pagos directos. 4. Verificar que el informe concuerde con los datos del sistema automatizado. 5. Verificar si existe balance en crédito en la cuenta de pagos no aplicados. 6. Coordinar con el Departamento de Contabilidad, si hay pagos no aplicados para que se acrediten. 7. Enviar libreta de cupones para Pago Directo a los empleados que no están en nómina de la Autoridad, que la pensión no es suficiente para hacerle el descuento o que están en servicio militar activo.

Supervisor, Sección Administración de Préstamos

8. Referir al Supervisor de la Sección de Administración de Préstamos los casos de empleados que completadas las gestiones de cobro, no envían los pagos, para que éste determine la acción a seguir. 9. Verificar que se efectúen las gestiones de cobro de los préstamos desde el primer atraso. 10. Verificar con el Departamento de Nóminas de la Autoridad y el Departamento de Pensiones y Beneficios si existen beneficios de los cuales puedan cobrarse deudas de los exempleados o jubilados. 11. Proceder con las gestiones de cobro, si no existen beneficios. 12. Cuando el Deudor incurre en atraso de su préstamo hipotecario, realiza las siguientes gestiones de cobro: a. En la primera carta de cobro, informa que tiene un atraso e indica que envíe el pago a la dirección del Sistema.

Procedimiento para el Cobro de Préstamos en Atraso Página 11 Responsable

Instrucciones b. En la segunda carta, recomienda que consulte con organizaciones que le asesoren sobre la estabilidad financiera. c. Prepara la tercera carta certificada con acuse de recibo para la firma del Gerente e informa que tiene 7 días para el pago de la deuda en atraso o se referirá el caso a los abogados y se informará a las agencias de informe de crédito los casos en atraso de préstamos hipotecarios y pronto pago. Además, en los préstamos hipotecarios indicar que a partir del sexto atraso en la póliza de cubierta de vida quedará vencida. Cuando cumpla el séptimo atraso, eliminar el pago de la prima de este préstamo, de la solicitud de cheque para el pago del seguro de vida grupal. 13. En el caso de los préstamos hipotecarios catorcenales, realizar 3 gestiones de cobro. a. Cuando tiene 2 atrasos informar la deuda e indicar que envíe el pago al Sistema b. Cuando tiene 4 atrasos indicar la deuda y recomendar que consulte con organizaciones que le asesoren sobre la estabilidad financiera. c. En el sexto atraso prepara la tercera carta certificada con acuse de recibo para la firma del Gerente en la cual informa la deuda e indica que tiene 7 días para el pago de la misma o se referirá el caso a los abogados y se informará a las agencias de informe de crédito los casos en atraso de préstamos hipotecarios y pronto pago. Además, indicar que la póliza de cubierta de vida quedará vencida. 14. En los casos de atrasos en Préstamos Título I, realiza las siguientes gestiones: a. Llamar al miembro para discutir el atraso después de 30 días o llevar a cabo una reunión con el Deudor. Enviar carta de cobro con acuse de recibo a los Deudores con préstamos Título I con 30 días en atrasos conteniendo la información requerida en el reglamento.

Procedimiento para el Cobro de Préstamos en Atraso Página 12 Responsable

Instrucciones Estas gestiones deberán documentadas.

ser

debidamente

b. Enviar la segunda y tercera carta de cobro a los préstamos Título I con acuse de recibo de ser necesario con la información requerida por la FHA. En el sexto mes completar el Title I Claim & Request for Collection. 15. Declarar vencida la totalidad del préstamo luego de enviar la tercera carta y concederle 15 días para enviar el pago. De no recibirse el pago, referir el caso a los abogados para el cobro de la deuda y ejecución. 16. Llenar el Title I Claim for Loss Application Voucher junto a otros documentos como: a. Copia del Pagaré b. Copia de la Tabla de Amortización c. Balance de Cancelación d. Inspección e. Copia de la Solicitud del Préstamo f. Certificado de Reclamación (Proof of Claim) g. Certificado de Elevación h. Copia de la carta certificada reclamando el pago i.

Original Estimado de Mejoras

j.

Certificación indicando el estatus del préstamo

Incluir una nota que diga: We will appreciate copy of cancellation of a Title I Claim using file of 78 THS Method. 17. Preparar y enviar la reclamación antes del decimoquinto día del tercer atraso. 18. Enviar al Síndico los cheques que se reciban del plan de pago del Deudor acogido al Capítulo 13, si el préstamo se reclamó a FHA. Además, se le notifica al Síndico que los cheques deben enviarse a FHA.

Procedimiento para el Cobro de Préstamos en Atraso Página 13 Responsable

Instrucciones 19. En los casos de préstamos personales con Estatus A, NZ, NW, NT, NS, NX, NK y NN, enviar tres cartas de cobro. a. En la primera carta, notificar que existe una deuda (Anexo A). b. En la segunda carta, indicar que no se recibió el pago (Anexo B). c. Prepara la tercera carta para la firma del Gerente e informa que si permanece la deuda, se tomarán las acciones legales para el cobro (Anexo C). 20. Referir al Gerente del Departamento de Préstamos los casos de préstamos personales que se le realizaron varias gestiones y éstas no han tenido resultado, para que éste en conjunto con el Administrador del Sistema determine si va a referirlo para el cobro de las aportaciones o al abogado para el cobro por la vía judicial. 21. En los casos de Estatus R, V y T, enviar tres cartas de cobro. a. En la primera carta, notificar que existe una deuda b. En la segunda carta, indicar que no se recibió el pago. c. Prepara la tercera carta para la firma del Gerente e informa que se establecerá un plan de pago por la deuda existente, la cantidad del plan y la catorcena en que se reflejará el descuento. 22. En los casos con Estatus ND, NE o NZ, referir al Gerente del Departamento de Contabilidad y Finanzas para que aplique las aportaciones y notifique si permanece con deuda. En este caso, luego de verificar que el empleado no tenga ningún beneficio por cobrar, enviar las siguientes 3 cartas para gestionar el cobro del balance en atraso. a. En la primera carta, notificar la deuda. b. En la segunda carta, indicar que no se recibió el pago. c. Prepara la tercera carta para la firma del Gerente y notifica que se refiere para cobro por la vía judicial (Anexo C).

Procedimiento para el Cobro de Préstamos en Atraso Página 14 Responsable Oficinista de Servicios Administración de Préstamos

Instrucciones 23. Atender las llamadas y visitas relacionadas con los atrasos. Consultar y referir al Supervisor Sección Administración Préstamos, según sea el caso. 24. Preparar los acuerdos de pago que se requieran por instrucciones del Supervisor. 25. Verificar que se reciban los plazos de los acuerdos de pago. Si hay un incumplimiento, referir al Supervisor, Sección Administración Préstamos. 26. Archivar copia de los referidos en el expediente del caso.

Supervisor, Sección Administración de Préstamos

27. Mantener un registro de los casos en atraso y la acción tomada en cada uno de ellos. 28. Verificar que el Oficinista archive las copias de las cartas y los referidos enviados, en los expedientes correspondientes y mantenga actualizado un registro de la acción tomada en cada caso. 29. Preparar y referir al Gerente de Préstamos los casos que tienen 3 meses ó más en atraso. Este referido debe incluir: a. Copia del Pagaré Hipotecario b. Copia de la Escritura de Hipoteca c. Copia de las cartas de cobro d. Estado del Préstamo Balance de cancelación Balance para traer el préstamo al día Cartas o comunicaciones del empleado

Gerente, Departamento de Préstamos

e. Cualquier otro documento relacionado 30. Monitorear el cumplimiento de los acuerdos de pago. 31. Evaluar las gestiones realizadas en los casos con 3 meses en atraso y la evidencia que será referido a los abogados y preparar la carta para la firma del Administrador. 32. Recomendar al Administrador detener los procedimientos de los casos referidos a los abogados para cobro y/o Ejecución de Hipoteca cuando lo amerite.

Procedimiento para el Cobro de Préstamos en Atraso Página 15 Responsable Supervisor, Sección Administración de Préstamos

Instrucciones 33. Coordinar con el Gerente del Departamento de Préstamos una visita antes de que un caso se refiera al abogado. 34. Coordinar con el Gerente del Departamento de Préstamos y el abogado la preparación de los casos referidos y enviar para la firma del Administrador del Sistema. 35. Dar seguimiento a los casos referidos a los abogados e informar al Gerente del Departamento de Préstamos. 36. Coordinar con el Gerente del Departamento para detener el proceso de ejecución de algún caso. 37. Analizar el informe mensual enviado por los abogados sobre los casos referidos para evaluar el progreso de los mismos. 38. Preparar Informe Mensual de los casos referidos a los abogados, Informe de Gastos de Honorarios y el Informe mensual sobre gestiones de cobro de los préstamos personales e hipotecarios en atraso.

Gerente, Departamento de Préstamos

39. Coordinar con el Gerente del Departamento de Préstamos una visita al tercer mes de atraso, en los casos de préstamos Título I. 40. Verificar el cumplimiento de las normas e instrucciones del proceso de cobro. 41. Prepara al cierre del mes un informe al Administrador del Sistema sobre los préstamos en atraso con las gestiones realizadas. Este informe deberá recibirlo el Administrador del Sistema el 15 de cada mes o antes.

Administrador

Comité de Asuntos Administrativos Junta de Síndicos

42. Coordinar y aprobar junto con el Supervisor de la Sección Administración de Préstamos visitas a los Deudores y los acuerdos y compromisos de pago de los casos referidos. 43. Firmar los casos referidos a los abogados. 44. Autoriza detener los procesos de los casos referidos a los abogados para cobro y/o Ejecución de Hipoteca. 45. Evalúa las recomendaciones del Administrador en aquellos casos de préstamos en atrasos de empleados que no cobran su salario regular, por lo que no amortizan el préstamo. 46. Determinar la acción a seguir luego de evaluar la recomendación del Comité de Asuntos Administrativos en relación con los préstamos de empleados que no cobran su salario regular, por lo que no amortizan el préstamo.

Procedimiento para el Cobro de Préstamos en Atraso Página 16 V. ENMIENDAS E INTERVENCIONES A. La Junta de Síndicos aprueba las enmiendas a este Procedimiento. B. La Oficina de Auditoría Interna de la Autoridad verifica el fiel cumplimiento de este Procedimiento. VI. VIGENCIA Este Procedimiento entrará en vigor inmediatamente. Recomendado:

Otoniel Cruz Carrillo Administrador Aprobado en reunión ordinaria de la Junta de Síndicos el 28 de diciembre de 2007, mediante la Resolución 2007-105.

Anexos (8)

CERTIFICADA CON ACUSE DE RECIBO

Anexo A

Estimado(a) señor(a):

RE: Préstamo (personal o hipotecario) Núm. Según le informamos mediante carta del _______________ su préstamo (personal o hipotecario) otorgado el _________________ por $ _____________________ refleja un balance pendiente de pago. A la fecha de esta carta el balance adeudado es por $ __________________. Deberá enviar de inmediato un cheque o giro postal a la siguiente dirección: SISTEMA DE RETIRO DE LOS EMPLEADOS DE LA AUTORIDAD DE ENERGÍA ELÉCTRICA PO BOX 13978 SAN JUAN, PR 00908-3978 De necesitar información adicional, puede comunicarse con _______________ al ___________________. Cordialmente,

Supervisor(a) Administración de Préstamos

Anexo B CERTIFICADA CON ACUSE DE RECIBO Estimado(a) señor(a):

RE: Préstamo (personal o hipotecario) Núm. Su préstamo (personal o hipotecario) otorgado el ____________________________ por $______________________ refleja un atraso por $__________________. Deberá enviar de inmediato su cheque o giro postal a la siguiente dirección: SISTEMA DE RETIRO DE LOS EMPLEADOS DE LA AUTORIDAD DE ENERGÍA ELÉCTRICA PO BOX 13978 SAN JUAN, PR 00908-3978 De necesitar información adicional, puede comunicarse con _______________ al ___________________. Cordialmente,

Supervisor(a) Administración de Préstamos

Anexo C

CERTIFICADA CON ACUSE DE RECIBO Estimado(a) señor(a):

RE: Préstamo (personal o hipotecario) Núm. Según le informamos mediante cartas del _______________ y del ________________, su préstamo (personal o hipotecario) otorgado el ____________________________ por $____________ refleja un balance pendiente de pago. A la fecha de esta carta, el balance adeudado es por $__________________. Le notificamos que de no recibir los plazos vencidos por $______________________ antes del (fecha dentro de 7 días laborables), se declarara vencida la totalidad del préstamo y referiremos su caso a nuestros abogados para el trámite de ejecución de hipoteca. Además, notificaremos sobre estos atrasos a la agencia de reporte de crédito. De acuerdo con las condiciones de la póliza de seguro de vida vigente, una vez vencidas seis mensualidades del préstamo, la cubierta quedará cancelada. Deberá enviar de inmediato su cheque o giro postal a la siguiente dirección: SISTEMA DE RETIRO DE LOS EMPLEADOS DE LA AUTORIDAD DE ENERGÍA ELÉCTRICA PO BOX 13978 SAN JUAN, PR 00908-3978 De necesitar información adicional, puede comunicarse con _______________ al __________________. Cordialmente,

Gerente Departamento de Préstamos

Anexo D CERTIFICADA CON ACUSE DE RECIBO Estimado señor_:

Cuenta préstamo (personal o hipotecario) Según le informamos mediante cartas del _______________, _________________ y del ________________, su préstamo (personal o hipotecario) otorgado el __________________________ por $_____________ refleja un balance pendiente de pago. A la fecha de esta carta, el balance adeudado es por $__________________. Le notificamos que visitamos su propiedad para inspección según lo dispone el reglamento. De acuerdo con las condiciones de la póliza de seguro de vida vigente, una vez vencidas seis mensualidades del préstamo, la cubierta quedará cancelada. Deberá enviar de inmediato su cheque o giro postal a la siguiente dirección: SISTEMA DE RETIRO DE LOS EMPLEADOS DE LA AUTORIDAD DE ENERGÍA ELÉCTRICA PO BOX 13978 SAN JUAN, PR 00908-3978 De necesitar información adicional, puede comunicarse con _______________ al ___________________. Cordialmente,

Supervisor(a) Administración de Préstamos